Tuesday, November 26, 2024

El acceso a la justicia y la lengua de señas en un primer juicio oral y público

 


El fallo que se dio en la causa de Dilmar Marcelo Dos Santos es una muestra de voluntad de parte la justicia para que las personas sordomudas eliminen todos los obstáculos para su real acceso a ella. Y al hacerlo en un primer juicio oral y público donde la lengua de señas estuvo presente en cada audiencia para romper las barreras una interprete estuvo posibilitando la comunicación con la comunidad de las personas sordomudas.

 Gracias al juicio se crearon nuevas señas en el mundo de ellos referente a la justicia. La resolución contiene 18 páginas donde abarca el inicio del primer juicio oral y público en lengua de señas, los alegatos iniciales, la producción de pruebas, las testificales, los alegatos finales y para adentrarse en el análisis del tipo penal de Denigración de la memoria de un muerto y en específico de la conducta supuestamente desplegada por el acusado Dos Santos.

En el análisis de la conducta del acusado se evidencia la no comprobación del hecho punible ni determinarse un nexo causal por lo cual se concluye en la absolución del mismo. No se pudo probar que fue Dilmar Marcelo Dos Santos el autor del hecho, las testificales no tienen un cotejo con otro tipo de pruebas a modo de respaldo, también en las pruebas documentales se demostró la participación del acusado.

Por lo cual, la jueza Mesalina Fernández en su fallo en la causa señaló que es difícil afirmar que Dilmar Marcelo Dos Santos fue la persona que publicó la foto con la expresión acusada y que denigró la memoria de Emilio Pineda como lo estipula el artículo 153, inc. 1, tampoco la fotografía en la publicación de la misma tiene fecha y no se puede saber el tiempo en que se dio, no hay testigos que observaron de forma directa la publicación del estado de WhatsApp ni el día, ni el número telefónico ni informe de la titularidad del mismo.

Es el primer fallo en una causa donde se puso en marcha el ideal del acceso a la justicia para las personas con discapacidad y se tornó en una realidad en todas las audiencias donde la interprete facilitó la comunicación con las personas sordomudas en un juicio oral y público. Se muestra que es el inicio muy plausible en la justicia para que se  concrete el derecho al acceso a la justicia de parte de las personas con discapacidad. Y es loable ese comienzo y saber que la voluntad del Poder Judicial y sus magistrados de dar cumpliendo a las Reglas de Brasilia ya es una realidad en la justicia paraguaya.

 

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