Saturday, December 20, 2025

Tribunal dictó sentencia de Incumplimiento del deber alimentario teniendo en cuenta el principio de interés superior del niño

 Sentencia de la semana

Tribunal dicta sentencia teniendo en cuenta el Interés superior del niño en causa de incumplimiento del deber alimentario



Luego de la deliberación, el presidente del tribunal Juan Francisco Ortiz comunicó el veredicto. Al explicar el fallo expresó que lo importante son las criaturas.

Primeramente el juez refirió que la decisión fue unánime, el hecho no fue controvertido el señor reconoce que es el papá de la criatura, tienen certificados de nacimiento, él reconoce, tienen la cédula de sus hijos menores, la declaración de la expareja del acusado no fue discutido ese punto.

Al respecto subrayó que también como tribunal tienen la corroboración de que está el expediente del juzgado de la Niñez y la Adolescencia donde se dictó efectivamente una medida cautelar en su momento de 500.000 guaraníes y después salió la sentencia que ordenó el pago de 4.000.000 mensuales y retrajó al juicio de la demanda y ahí ya hay un monto muy alto de 84.000.000 de guaraníes para cuando ya salió la sentencia en la Niñez.

Citó que tienen la copia de la sentencia, el expediente objeto para encontrar la medida cautelar.

Enfatizó que en principio como tribunal vieron una ausencia de cumplimiento del mandato y de la medida cautelar no se cumplió ni una sola vez. Especificó que la medida cautelar de mayo de 2019 y nada se cumplió hasta marzo de 2020 que era la primera vez que se depositó el monto que debía ser de 4.000. 000 y fue de 1.000.000.

Argumentó que realmente nunca se cumplió a lo largo de todos los años la medida cautelar de mayo de 2019 hasta la fecha de acusación hasta agosto, nunca se pagó la totalidad. Mencionó que lo máximo que se pagó era de 1.000.000, en un mes se pagó 1.500.000 y el resto todos 500.000 o 525.000.

Hizo una salvedad que como la misma defensa le resaltó a la fiscalía el criterio de objetividad para calcular el monto. También realizó el cálculo y el monto es de 184.000.000.

Explicó que van a tomar como cuestión de congruencia el monto acusado porque esta es una problemática que suelen tener en los casos de prestación.

Resaltó que lo importante que es el acusado pueda cumplir, las criaturas lo que les interesa, de nada sirve que les mande preso y no pueda cumplir con las criaturas.

Remarcó que se van a tomar de la congruencia y se deja el monto a 184.000.000 para que cumpla con las criaturas.

Volvió a decir que lo importante acá son las criaturas. Fundamentó que según el legislador lo más importante son las criaturas, la obligación del papá de cumplir con su hijo, por eso se hace esa excepción de punibilizar de una conducta de no pagar la prestación.

Explicó que el monto de 184.000.000 dividieron en 60 meses. Le dijo al acusado que si no paga va a ir preso. Señaló que ese monto sería en 60 cuotas de 3.066.000.

Le instó a que siga pagando la prestación alimenticia. Informó que la sentencia estará en 5 días.

El tribunal está presidido por el juez Juan Francisco Ortiz e integrado por los miembros Manuel Aguirre y Lourdes Garcete.

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