Sentencia de la semana
Tribunal dicta sentencia teniendo en cuenta el Interés
superior del niño en causa de incumplimiento del deber alimentario
Luego de la deliberación, el presidente del tribunal
Juan Francisco Ortiz comunicó el veredicto. Al explicar el fallo expresó que lo
importante son las criaturas.
Primeramente el juez refirió que la decisión fue
unánime, el hecho no fue controvertido el señor reconoce que es el papá de la
criatura, tienen certificados de nacimiento, él reconoce, tienen la cédula de
sus hijos menores, la declaración de la expareja del acusado no fue discutido
ese punto.
Al respecto subrayó que también como tribunal tienen
la corroboración de que está el expediente del juzgado de la Niñez y la
Adolescencia donde se dictó efectivamente una medida cautelar en su momento de
500.000 guaraníes y después salió la sentencia que ordenó el pago de 4.000.000
mensuales y retrajó al juicio de la demanda y ahí ya hay un monto muy alto de
84.000.000 de guaraníes para cuando ya salió la sentencia en la Niñez.
Citó que tienen la copia de la sentencia, el
expediente objeto para encontrar la medida cautelar.
Enfatizó que en principio como tribunal vieron una
ausencia de cumplimiento del mandato y de la medida cautelar no se cumplió ni una
sola vez. Especificó que la medida cautelar de mayo de 2019 y nada se cumplió
hasta marzo de 2020 que era la primera vez que se depositó el monto que debía
ser de 4.000. 000 y fue de 1.000.000.
Argumentó que realmente nunca se cumplió a lo largo de
todos los años la medida cautelar de mayo de 2019 hasta la fecha de acusación
hasta agosto, nunca se pagó la totalidad. Mencionó que lo máximo que se pagó
era de 1.000.000, en un mes se pagó 1.500.000 y el resto todos 500.000 o
525.000.
Hizo una salvedad que como la misma defensa le resaltó
a la fiscalía el criterio de objetividad para calcular el monto. También
realizó el cálculo y el monto es de 184.000.000.
Explicó que van a tomar como cuestión de congruencia
el monto acusado porque esta es una problemática que suelen tener en los casos
de prestación.
Resaltó que lo importante que es el acusado pueda
cumplir, las criaturas lo que les interesa, de nada sirve que les mande preso y
no pueda cumplir con las criaturas.
Remarcó que se van a tomar de la congruencia y se deja
el monto a 184.000.000 para que cumpla con las criaturas.
Volvió a decir que lo importante acá son las
criaturas. Fundamentó que según el legislador lo más importante son las
criaturas, la obligación del papá de cumplir con su hijo, por eso se hace esa
excepción de punibilizar de una conducta de no pagar la prestación.
Explicó que el monto de 184.000.000 dividieron en 60
meses. Le dijo al acusado que si no paga va a ir preso. Señaló que ese monto
sería en 60 cuotas de 3.066.000.

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