Thursday, May 15, 2025

El derecho al honor y la libertad de expresión

 

El principio de proporcionalidad


Textos: Verónica Barrios.

Foto: Gentileza.

La jueza del tribunal unipersonal de sentencia Lourdes Peña explicó que el equilibrio como son dos derechos fundamentales porque tanto la libertad de expresión está en los Tratados internacionales, en las Convenciones y en la Constitución Nacional, asimismo también el derecho al honor y a la reputación también está en el artículo 4 de la Constitución Nacional incluso la doctrina dice aquel que está más cerca de la personalidad, se podría pensar entonces que el derecho al honor y la reputación podría ser en este caso más importante y tener una preeminencia en relación al derecho a la libertad de expresión, sin embargo, para determinar la preferencia se tiene que someter a un riguroso esquema del principio de proporcionalidad porque no se puede subsumir este tipo de hecho como cualquier otro hecho punible dentro del tipo penal de la calumnia porque son dos derechos fundamentales y para tal hecho dice la doctrina que se tiene que aplicar el principio de proporcionalidad.

 

Al respecto, argumentó dentro de este principio de proporcionalidad se tiene que determinar si era idóneo, si la palabra que utilizó era idónea, si el tema que se estaba tratando era idóneo como para determinar que es de interés general y si era necesario y con relación a este principio se pasa de un test a otro.

 

Señaló que primero tiene que realizar un test de idoneidad si pasa este test de idoneidad si era idóneo que la palabra que dijo en el momento oportuno cuáles son las palabras que utilizó entonces si era idóneo pasa al test de la necesidad ahí recién puede determinar si era proporcional o no y si es proporcional entonces en ese caso hay una preponderancia con relación a la libertad de expresión.

Consideró que es la primera vez que en Asunción no vio otra sentencia que se haya resuelto con la aplicación del principio de proporcionalidad.

 

Resaltó que en ese sentido es importante porque la aplicación del principio de proporcionalidad dicen los grandes tratadistas de derechos humanos que es un derecho fundamental la aplicación de este principio incluso para cualquier tipo de tratamiento en el ámbito jurídico jurisdiccional, pero sobre todo, cuando se trata de dos derechos fundamentales como en este caso.

 

Así respondió cuando se le preguntó cómo se da el equilibrio entre el derecho al honor y la libertad de expresión.

Luego se le consultó si juzgó otros casos sobre el derecho al honor y la libertad de expresión, respondió que en Sentencia fue la primera vez, tiene otras causas que todavía no llegaron a juicio y hay otra causa que sí llegó a juicio que fue incluso de mucha resonancia, pero no llegó a hacer la sentencia porque llegaron a un acuerdo.

 

 

No comments:

Post a Comment

La defensa de Eusebio Torres argumentó su pedido de absolución en que ningún testigo vio ni nombró a Eusebio Torres

  El abogado Ariel Torres, defensa de Eusebio Torres, en sus alegatos finales señaló que en el año 76, 77, si hubieren ocurrido estos hechos...