Entrevista
Decisión de la reposición
de la defensa de Efraín Alegre
La jueza de sentencia, Yolanda
Portillo narró que después de la decisión del tribunal con respecto a los
incidentes la defensa de Efraín Alegre repuso dicha decisión diciendo que se
llega al absurdo de que estos fiscales que están sentados acá que no son los
fiscales originarios que ellos vinieron para el juicio nomás están sosteniendo
como fecha del hecho una fecha anterior incluso a la expedición de las
facturas.
Así explicó la
argumentación de la defensa en la reposición. Relató que se fueron a deliberar
y analizaron entre los tres jueces y así sí salieron en unanimidad.
Al respecto, explicó que
no hay violación del artículo 350 porque se le llamó a declarar, pero sí hay
una violación constitucional del artículo 17 inciso 6 en el sentido de que
hay o hubo una indeterminación de los
hechos.
Contó que en un primer
momento los fiscales imputan por junio
del 2018 dicen que el señor Efraín Alegre el 18 de junio de 2018 reutilizó la
factura que era falsa porque la factura verdadera fue presentada por el que
expidió la factura que era una estación de servicios por el monto de 100.000
guaraníes y la factura que ellos presentaron era de más de 100.000.000 de
guaraníes, entonces eso usaron para justificar su rendición de cuentas.
Se hizo la pregunta de
quién usó esa factura y se respondió que no usó el señor Efraín Alegre usaron
los apoderados de Ciudad del Este, entonces ellos le ponen esa fecha. Continuó
relatando que posteriormente cuando se da cuenta la jueza de que las facturas
eran de fecha posterior, le manda otra vez la imputación al fiscal para que
describa bien los hechos y que describa bien el tiempo conforme con el artículo
302.
Detalló que luego la
fiscalía describió como fecha julio del 2018, el primer agente fiscal que
imputó. Describió que posteriormente en la imposición de medidas cautelares el
abogado de la defensa le vuelve a pedir a la jueza de garantías Cynthia Lovera
que le intime al Ministerio Público a que le señalé bien la fecha de los hechos
y que se ratifique en su imputación porque obviamente estaban realizando
investigaciones que ya no coincidían con esas primeras fechas.

No comments:
Post a Comment