Sunday, December 21, 2025

La defensa de Sandra Obertino reiteró sobre la negligencia del actuar del Ministerio Público

 


El abogado Gerardo Ortiz, como defensa de Sandra Obertino y Adrian García, en su duplica señaló que nunca se hizo esa prueba para poder determinar cuál fue la causa de muerte así como lo dijo el Doctor Tuma tenía derecho la familia de saber lo que pasó.

Responsabilizó al Ministerio Público de un acto negligente por el cual no se puede saber al respecto y agregó que también la querella adhesiva. Consideró que por esto no se determinó en la autopsia la causa de muerte quedó supeditada a una junta médica de anestesiólogos para contrastar los resultados laboratoriales y la autopsia realizada para determinar ahí recién una causa de muerte.

Enfatizó que como probado en juicio son instrumentos públicos que hoy quisieron ser desacreditados por declaraciones testimoniales de médicos tenía que haber una prueba laboratorial para determinar la causa de muerte.

Argumentó que ellos como defensa como tienen la prueba laboratorial de lo que se utilizó no pueden tener por cierto la presunción de una patóloga que no afirmó nada y que quería que se haga y no se hizo.

En cuanto a la documental 18 citó las pruebas de una asistencia radiológica, una ficha médica con una tapa azul y otra tapa del tratamiento odontológico y un cuaderno universitario de tapa verde de la paciente, eso sumado a la documental 22 sobre el acta de procedimiento en cuanto al allanamiento y establece la incautación del equipo informático así como documentos e historial médico que guardan relación con lo juzgado y queda a cargo de la agente fiscal Gladys de Acosta.

Describió que encontraron la negligencia en una nota de la agente fiscal Gladys de Acosta de fecha 19 de noviembre de  2021  en el cual hace referencia sobre las evidencias como una bolsa blanca con un suero abierto, una ampolla usada del medicamento fortinil de uso exclusivo de IPS, un frasco usado de medicamento, va citando las evidencias hasta tratar sobre un formulario de consentimiento de uso odontológico de fecha 15 de octubre de 2021 de la paciente Thirza Belén Portillo Franco, una tomografía de la paciente Thirza de 8 años todos ellos dentro de un sobre celeste.

Sobre la resolución 168 del Ministerio de Salud, puntualizó que los técnicos en Anestesiología de más de 8 años de experiencia podrán realizar excepcionalmente procedimientos en casos de urgencia, necesidad de realizar una intervención simultánea.

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