Sobre la resolución 168 del Ministerio de Salud, el
abogado Gerardo Ortiz en su duplica puntualizó que los técnicos en
Anestesiología de más de 8 años de experiencia podrán realizar excepcionalmente
procedimientos en casos de urgencia, necesidad de realizar una intervención
simultánea.
Añadió que establece incluso pueden hacerse en
instituciones privadas y en el último punto dicho procedimiento deberán ser
autorizadas por el médico a cargo del caso firmado por la Doctora Esperanza
Martínez.
Señaló que se ha referido que no existe un protocolo
para sedación, también que la sedación se aplica en pacientes ansiosos y en
niños con intervención prolongada por tanto al no haber una prohibición por
parte del Ministerio de Salud este actuar de su representado Adrian García ha
hecho un acto para darle una salud bucal a la niña.
Enfatizó que la medicina no es exacta, era
impredecible la reacción. Sobre la prueba del médico forense, indicó que la
respuesta que casi siempre es impredecible a no ser que se haya realizado la
prueba de alergia previa la cual no ocurrió.
Citó a la madre que refirió que no hay historial de
alergia al ser cuestionado. Hizo un recorrido en el análisis del punto para
volver a la causa de muerte de la niña.
Puntualizó que quedó probado la muerte de la niña Thirza
con instrumentos públicos que no fueron rectificados, tampoco fueron realizadas
pruebas periciales acerca de la causa de muerte.
Consideró como defensa que no se ha probado el
homicidio doloso en grado eventual y por lo tanto solicitan la absolución de
pena y culpa de sus representados Sandra Obertino y Adrián García.

No comments:
Post a Comment