Sunday, December 21, 2025

La defensa de Sandra Obertino y Adrián García pidió absolución porque no se probó el homicidio doloso en grado eventual

 


Sobre la resolución 168 del Ministerio de Salud, el abogado Gerardo Ortiz en su duplica puntualizó que los técnicos en Anestesiología de más de 8 años de experiencia podrán realizar excepcionalmente procedimientos en casos de urgencia, necesidad de realizar una intervención simultánea.

Añadió que establece incluso pueden hacerse en instituciones privadas y en el último punto dicho procedimiento deberán ser autorizadas por el médico a cargo del caso firmado por la Doctora Esperanza Martínez.

Señaló que se ha referido que no existe un protocolo para sedación, también que la sedación se aplica en pacientes ansiosos y en niños con intervención prolongada por tanto al no haber una prohibición por parte del Ministerio de Salud este actuar de su representado Adrian García ha hecho un acto para darle una salud bucal a la niña.

Enfatizó que la medicina no es exacta, era impredecible la reacción. Sobre la prueba del médico forense, indicó que la respuesta que casi siempre es impredecible a no ser que se haya realizado la prueba de alergia previa la cual no ocurrió.

Citó a la madre que refirió que no hay historial de alergia al ser cuestionado. Hizo un recorrido en el análisis del punto para volver a la causa de muerte de la niña.

Puntualizó que quedó probado la muerte de la niña Thirza con instrumentos públicos que no fueron rectificados, tampoco fueron realizadas pruebas periciales acerca de la causa de muerte.

Consideró como defensa que no se ha probado el homicidio doloso en grado eventual y por lo tanto solicitan la absolución de pena y culpa de sus representados Sandra Obertino y Adrián García.

 

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