Tuesday, November 26, 2024

El acceso a la justicia y la lengua de señas en un primer juicio oral y público

 


El fallo que se dio en la causa de Dilmar Marcelo Dos Santos es una muestra de voluntad de parte la justicia para que las personas sordomudas eliminen todos los obstáculos para su real acceso a ella. Y al hacerlo en un primer juicio oral y público donde la lengua de señas estuvo presente en cada audiencia para romper las barreras una interprete estuvo posibilitando la comunicación con la comunidad de las personas sordomudas.

 Gracias al juicio se crearon nuevas señas en el mundo de ellos referente a la justicia. La resolución contiene 18 páginas donde abarca el inicio del primer juicio oral y público en lengua de señas, los alegatos iniciales, la producción de pruebas, las testificales, los alegatos finales y para adentrarse en el análisis del tipo penal de Denigración de la memoria de un muerto y en específico de la conducta supuestamente desplegada por el acusado Dos Santos.

En el análisis de la conducta del acusado se evidencia la no comprobación del hecho punible ni determinarse un nexo causal por lo cual se concluye en la absolución del mismo. No se pudo probar que fue Dilmar Marcelo Dos Santos el autor del hecho, las testificales no tienen un cotejo con otro tipo de pruebas a modo de respaldo, también en las pruebas documentales se demostró la participación del acusado.

Por lo cual, la jueza Mesalina Fernández en su fallo en la causa señaló que es difícil afirmar que Dilmar Marcelo Dos Santos fue la persona que publicó la foto con la expresión acusada y que denigró la memoria de Emilio Pineda como lo estipula el artículo 153, inc. 1, tampoco la fotografía en la publicación de la misma tiene fecha y no se puede saber el tiempo en que se dio, no hay testigos que observaron de forma directa la publicación del estado de WhatsApp ni el día, ni el número telefónico ni informe de la titularidad del mismo.

Es el primer fallo en una causa donde se puso en marcha el ideal del acceso a la justicia para las personas con discapacidad y se tornó en una realidad en todas las audiencias donde la interprete facilitó la comunicación con las personas sordomudas en un juicio oral y público. Se muestra que es el inicio muy plausible en la justicia para que se  concrete el derecho al acceso a la justicia de parte de las personas con discapacidad. Y es loable ese comienzo y saber que la voluntad del Poder Judicial y sus magistrados de dar cumpliendo a las Reglas de Brasilia ya es una realidad en la justicia paraguaya.

 

Saturday, November 16, 2024

El inicio del proceso penal en los casos de abuso sexual en niños

 ¿Cómo trata la justicia los casos de abuso sexual en niños?



2a parte

 

A la jueza de garantías, Alicia Pedrozo se le consultó cómo inicia el proceso penal en sí para llegar al juzgado de garantías, refirió que puede iniciarse de diferentes formas por denuncia de los padres ante el Ministerio Público, ante la Comisaría.

 

Contó han tenido muchos casos de Fono Ayuda que son los casos en los que las personas llaman al 147 que es el número de Fono Ayuda en el tema de la Niñez y por ejemplo, profesoras y directoras a las que le llega la información realizan la denuncia.

 

Indicó que esos casos son cada vez más frecuentes gracias a la socialización de lo que es un abuso sexual, los niños hoy en día tienen más acceso a la tecnología y a la información, en las instituciones educativas se llevan a cabo esos programas de socialización de lo que constituye lo que es un abuso, de los que ellos tienen que permitir con su cuerpo y de lo que no tiene que permitir y muchas veces en esas charlas aflora la conciencia de los niños de que está siendo víctima de abuso y se animan a denunciar.

 

Enfatizó que hay muchos casos de denuncia por parte de los profesores al Fono Ayuda y ahí se activa el mecanismo. Dijo que también por denuncias de los padres o de tutores o de gente que conoce ante el Ministerio Público o ante la Comisaría.

 

Señaló que luego de eso se realiza un análisis por parte del Ministerio Público, se formula el requerimiento ante el juzgado pertinente.

 

Se le preguntó cuántas causas de abuso sexual en niños ingresan en el juzgado, respondió que mensualmente en su juzgado el promedio que tienen es de entre 3 a 4 por mes como mínimo.

 

Explicó que porque también ellos los jueces tienen causas que ingresan vía atención permanente, pero no casos imputados, sino de casos que son investigados donde las fiscalías requieren las diligencias preliminares para justamente verificar si se da o no el abuso sexual.

 

Contabilizó que en cuanto a imputación formal entre 3, 4 y 5 por mes en su juzgado, pero a nivel atención permanente por el pedido de diligencias son más casos.

 

 

 

 

 


La justicia independiente es una realidad

 


Por Verónica Barrios

 

Tres jueces valientes aplicaron la ley y devolvieron la esperanza de una justicia independiente a la ciudadanía. Ellos son Olga Ruiz, Celia Salinas y Víctor Alfieri.

 

Este tribunal a pesar de estar sobrecargado de trabajo dio una resolución a la causa de Colorado róga valorando las pruebas que se produjeron en el juicio llegaron al veredicto de absolución de los acusados.

 

En todas las audiencias que se dieron se vio a un tribunal muy atento a los requerimientos de las partes demostrando su imparcialidad e independencia en esta causa. Tanto la presidenta del tribunal, Olga Ruiz como los miembros Celia Salinas y Víctor Alfieri se concentraron en el juicio oral y público y trabajaron intelectualmente en dar una respuesta a los tres acusados que son ciudadanos que se manifestaron durante la pandemia y con una sana crítica resolvieron absolver por no existir un nexo causal entre el hecho en sí y la participación de los acusados en el mismo.

 

También hay que resaltar la transparencia del tribunal en cuanto a permitir la presencia de la prensa en la sala de juicios orales y de demostrar esa transparencia en su actuar como jueces de sentencia que juzgaron a tres ciudadanos paraguayos y que dieron una sentencia acorde con las pruebas que se produjeron durante las audiencias.

 

Tres magistrados de sentencia dieron una sentencia histórica juzgando de una manera imparcial e independiente a tres ciudadanos en la causa de Colorado róga. Y hay que felicitarles por su dedicación aunque estaban sobrecargados de juicios orales que realizar trabajaron y se concentraron en todo el juicio oral y público en esta causa.

 

 

 

 

 


Como defensa contuvo a su representado en causa de Colorado róga

 


2a parte

 

Al defensor público, Delio Vera, también se le preguntó si hubo momentos en que tuvo que contener a su defendido, contestó que sí, a veces pasa eso en un juicio.

 

Indicó que hay que tener en cuenta de que no es fácil, primeramente ser procesado y también ellos como defensa técnica también trataron de guiarle para que tengan una conducta apropiada en un juicio, a veces ellos querían reaccionar por el trajín que llevo este juicio más de 8 meses.

 

Manifestó que hay que tener en cuenta que ellos también tienen sus ocupaciones, su familia, su trabajo, pero por suerte se pudo llegar con la absolución que lo que efectivamente ellos buscaron.

 

Al finalizar la entrevista, se le consultó si es la primera vez que lleva una causa con tinte político, contó que como defensa pública tienen varios casos, lleva 13 años como defensor público, sí ya le han tocado varios casos.

 

Al referirse al caso, dijo que sí se podría llamar que tenía un tinte político en el sentido de que objetivamente se quemó un local que es de un partido político, del partido Colorado, básicamente tenía ese tinte, hubo una manifestación contra el presidente en ese momento, entonces ahí sí se podría llamar de tinte político, pero consideró que el tribunal obró con sana crítica, valoró las pruebas correctamente y se llegó efectivamente a la absolución de que no se probó la participación de los tres y específicamente de su representado.

 

Expresó que realmente están muy contentos por la resolución del tribunal.

 

 

 

 

 

Causa Colorado róga: Se hizo justicia

 


1a parte

 

El defensor público, Delio Vera, expresó que considera que se hizo justicia, su representado Arnaldo Martínez fue absuelto de culpa y pena, explicó el tribunal que efectivamente no se probó específicamente el nexo causal.

 

Indicó que ellos como defensa sostuvieron durante todo el proceso, durante todo el juicio oral y público en los alegatos finales que efectivamente su defendido estuvo en el lugar, sí se manifestó en ese año en el contexto de la pandemia en el que se dieron varias manifestaciones, pero él no participó en los hechos en los cuales fue sindicado que fueron la producción de riesgos comunes así también la perturbación de la paz pública.

 

Narró que en los alegatos manifestaron que sí existieron esos hechos punibles, pero que su representado no fue el autor y no participó en esos hechos e inclusive había personas que sí se les podía notar conductas que para esta defensa podrían ser penalmente relevantes, pero esas personas no fueron procesadas.

 

Señaló que en sus alegatos que el hecho podría quedar impune porque efectivamente el hecho sí existió, pero no por eso podrían pagar personas inocentes.

 

Consideró que se hizo justicia y están muy contentos por la resolución del tribunal y la verdad que como dijo su representado también que se puede confiar en la justicia y vuelve a señalar que se hizo justicia y por ende su defendido fue absuelto.

 

Se le preguntó cómo sobrellevaron estos meses y cuántos meses de juicios fueron, respondió que tuvieron prácticamente 8 meses de juicio, la verdad que fueron sesiones muy desgastantes, pero por suerte llegó a su fin y con la felicidad de que fue favorable al objetivo de esta defensa que era sostener obviamente que la fiscalía no pudo romper la presunción de inocencia en relación a su representado.

 

Causa Colorado róga: Se sometió a la justicia porque él cree en la justicia

 


Ante la pregunta sobre cómo afrontó este proceso desde el inicio, Pedro Areco narró que es un proceso que en un primer momento se sometió a la justicia porque él cree en la justicia, fueron momentos de tensiones, entonces en aquel marzo del 2021 cuando se dieron las protestas estaban todos encerrados.

 

Al respecto, refirió que desde el primer momento la fiscalía acusa y mal acusa en vez de buscar a los verdaderos responsables que se probó en juicio con los elementos que vieron de más de 400 horas de vídeo, de cámara, que se ven que hubo personas que vandalizaron, que realizaron hechos vandálicos y que no fueron acusadas.

 

Manifestó que la fiscalía con su apuro de querer acusar acusó a 5 personas y 3 están siendo juzgados. Al responder a la pregunta inicial de la entrevista, expresó que fue muy difícil porque llevó mucho y personalmente no pudo salir del país, en su facultad le dificultó mucho tiempo, él estudia la carrera de Derecho y eso generó en un momento que no haya terminado a tiempo por estar con prisión preventiva, pero bueno estuvo confiado en que este tribunal obrara con la verdad, con la sana crítica.

 

Se le preguntó cómo vivió su familia este proceso y cómo sobrevivió al mismo en todo el proceso, contó que su familia es humilde, su mamá es docente y ellos le acompañaron en todo este tiempo.

 

Dijo que su familia se bancó, se aguantó muchas noches de penuria de no poder dormir, pero no se puede huir nunca de los problemas y por eso él afrontó porque él creyó en su inocencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Absolución en la causa de Colorado róga



Ayer se daba conocer en la causa de Colorado róga la decisión del tribunal presidido por la jueza Olga Ruiz e integrado por Celia Salinas y Víctor Alfieri. Por unanimidad resolvieron absolver de culpa y pena Arnaldo Francisco Martínez, Pedro Manuel Areco y Enrique Agüero.

En el inicio de la explicación del fallo, la presidenta del tribunal Olga Ruiz explicó que se comprobó la existencia del hecho de perturbación de la paz pública y riesgos comunes ocurrido en la capital, pero en el punto siguiente tuvieron un inconveniente en cuanto a la demostración de la existencia del nexo causal entre los hechos punibles comprobados por este tribunal y las personas de los acusados Arnaldo Francisco Martínez, Pedro Manuel Areco y Enrique Agüero.

Señaló que ese nexo causal para este tribunal no ha sido demostrado, en realidad tienen que decir que han visto que hubo una manifestación que se tornó violenta en las inmediaciones de Colorado róga y el edificio del exdiario Patria el 17 de marzo de 2021 en horas de la tardecita noche. Contó que por medios técnicos fueron individualizados los tres procesados en esta causa en el lugar, pero observando los vídeos que fueron muchos y que fueron admitidos como pruebas para ser reproducidos ante este tribunal no se ha observado que la conducta realizada por los mismos se adecuen a la descripción de los tipos penales acusados en consecuencia este tribunal de reproche y sanción a los señores Arnaldo Francisco Martínez, Pedro Manuel Areco y Enrique Agüero.

En la parte de la defensa, los participantes del juicio oral empezaron a aplaudir, no obstante la presidenta del tribunal recordó que están en un acto solemne a los mismos y continuó su intervención diciendo que se levantan todas las medidas cautelares impuestas contra los mismos, las costas se imponen en el orden causado y la lectura integra de esta sentencia con todos sus fundamentos se dará el viernes 22 de noviembre a las 13 horas en la secretaría del actuario Marcos Medina.

 

 

 

 


Thursday, November 14, 2024

Inició el juicio oral por polución sonora

 


Hoy se dio el inicio del juicio oral y público en la causa de polución sonora. También el Ministerio Público presentó su acusación en sus alegatos iniciales y las defensas por su parte manifestaron su deseo de saber la verdad real de los hechos.

Norbert Agüero y Rubén Darío Cabañas son juzgados en esta causa. El tribunal está presidido por la jueza Celia Salinas e integrado por Olga Ruiz y Víctor Alfieri.

En los alegatos iniciales, la agente fiscal Lorena Ledezma narró que los hechos datan de 29 de abril de 2022. Se refirió a las actas de las mediciones de sonido de parte de la policía.

Indicó que los acusados son juzgados por incumplir medidas de medidas de mitigación. Refirió que ahora están adecuando el local.

En tanto, las defensas alegaron también. Enfatizaron que quieren saber la verdad real de los hechos.

Luego la presidenta del tribunal, Celia Salinas preguntó a las defensas si declararán los acusados y los abogados de la defensa respondieron que después. Dio el cierre a la audiencia comunicando a las partes que la siguiente sesión será el miércoles 20 de noviembre a las 12 horas.

Visión jurídica de la defensa de Payo Cubas sobre la inhibición del juez Darío Báez

 


A la abogada de la defensa de expresidenciable Paraguayo Cubas, Gessy Ruiz Díaz se le preguntó sobre su visión jurídica de la inhibición del juez de la causa, respondió que considera que la decisión fue correcta porque efectivamente la pretensión de esta defensa fue que fue él se aparte y él tomó el camino ya de inhibirse con anticipación que ellos desconocen si su intención originaria era ya directo buscar ese apartamiento con la posición que tuvo en la anterior audiencia, pero finalmente lo que se pidió el análisis de la aptitud procesal que él tuvo en este tiempo y que se le aparte y se busque jueces que no tengan ningún tipo de vínculo político, cuestión que también esta defensa ha probado siendo que él ha formado parte de nucleaciones políticas importantes que son contrarias al partido del señor Paraguayo Cubas, incluso como Concejal en Limpio, tuvo una participación activa dentro de las nucleaciones políticas, entonces todas esas circunstancias llevaron a que el señor Paraguayo Cubas tenga esa posición durante la audiencia.

Consideró que la decisión de inhibirse del magistrado es correcta, ahora lo que no fue correcto a sabiendas ya de su animadversión él estaba de igual forma presidiendo ya el tribunal con pretensiones de llevar a cabo el juicio.

Analizó que notaban el ánimo de integrar el tribunal pese a que había ciertas causales para tomarlas como causales de inhibición, entonces ellos consideraron que en cierta forma no era lo correcto inicialmente y se tuvo que llegar a este extremo de que se tenga que presentar la recusación y también ya ampliar la recusación por parte de su defendido.

En cuanto a la ampliación de parte de su defendido, señaló que los presentes en la convocatoria escucharon los exabruptos, los reclamos que el señor Paraguayo Cubas hizo al juez Darío Báez y también mencionó los antecedentes de otras causas penales con respecto a su posición jurídica que el señor Paraguayo Cubas no estaba de acuerdo con ello.

Se le preguntó si su defendido ya quería apartar a este juez, contestó que sí, desde el inicio por las vinculaciones políticas que ellos habían notado por parte del magistrado. También si su defendido ve su causa como una cuestión política o como algo jurídico, respondió que él ve su causa como algo político por el escenario en el que se da el proceso penal.

Contextualizó que se da en tiempos de las elecciones donde había un componente político importante que estaría interesado en que el señor Paraguayo Cubas no siga de alguna forma porque según la hipótesis de la fiscalía él provocó las manifestaciones que se daban en ese tiempo, entonces ellos a los efectos de acallar también la posición que tenía el señor Cubas sobre las elecciones decidieron imputar y no solamente pedir la prisión preventiva del mismo

 

Defensa de Payo Cubas habla de prejuzgamiento en la causa por parte del juez Darío Dáez

 


La abogada de la defensa de expresidenciable Paraguayo Cubas, Gessy Ruiz Díaz explicó que como defensa pudo notar en una audiencia anterior a la convocatoria de juicio oral y público donde fueron llamados tanto el Ministerio Público como la defensa técnica a los efectos de supuestamente organizar lo que sería el desarrollo del juicio oral, en aquella ocasión el Doctor Darío Báez había mencionado como una suerte ya de análisis del auto de apertura del juicio oral y público de que la causa tenía una cantidad de testigos, él hablaba de una excesividad de esa nómina de testigos, hablaba también en parte de su alocución en esa audiencia de que supuestamente el juez de garantías elevó la causa a juicio oral con elementos probatorios impertinentes.

Al respecto, indicó que ante esa situación ellos como defensa consideraron que primeramente él en forma unilateral hace lectura del auto de apertura de juicio oral, entiéndase que el auto de apertura de juicio oral conforme con lo que establece el código de forma tiene que realizarse en el desarrollo ya en el juicio oral y público.

Detalló que eso quiere decir que él se tomó el tiempo de hacer lectura de los hechos, de leer el caudal probatorio y no solamente eso, sino de analizar el caudal probatorio, cuando el código habla perfectamente de que se tienen que cumplir etapas dentro del juicio oral y público que él no respetó, él hizo lectura en forma unilateral como mencionaba y fuera de lo que sería la producción probatoria él analiza si ya era pertinentes o eran excesivas.

Subrayó que para esta defensa esa posición jurídica que tenía el magistrado ya era como una suerte de prejuzgamiento atendiendo que también durante la audiencia había mencionado que iba a cercenar a la defensa la producción probatoria de los testigos.

Manifestó como para esta defensa en cuanto a los testigos, en el juicio oral y público al producirse el testimonio de los mismos ahí si se repetía en las declaraciones si se podría dar esa limitación, pero esa situación no se dio porque el magistrado Darío Báez ya de forma anticipada anunciaba que él iba a comenzar a limitar el caudal probatorio de la defensa y hablaba de la impertinencia de pruebas de tanto del Ministerio Público como de la defensa.

Argumentó que eso ya era un juzgamiento anticipado, ya tenía una posición jurídica sobre ese caudal probatorio y ante eventuales incidentes que la defensa podría plantear o el Ministerio Público, ya iban a tener cuál era de forma irrevocable la posición del magistrado, por esa razón presentaron la recusación correspondiente en base a la causal de prejuzgamiento y esa recusación fue ampliada por parte de su defendido en ocasión ya de la convocatoria siendo que él ya consideraba de que había otros elementos además de los jurídicos que también podían sopesar también en cuanto a su imparcialidad en el proceso siendo que había procesos o tendría vínculos políticos el magistrado Darío Báez.

 Se le consultó si se daba el juicio con la presidencia del magistrado Báez pensarían llevarle hasta el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, contestó que si él persistía en mantenerse como integrante del tribunal iban a analizar la situación, ella cree incluso con las declaraciones que había formulado el juez ante los medios de comunicación notaba de que había una suerte de animadversión contra el señor Paraguayo Cubas cuando él mencionaba de que prácticamente esto fue un show por parte de su defendido o que hablaba cuestiones ya muy propias del partido, entiende que él ya estaba interiorizado del actuar de su defendido, entonces cree que esas cuestiones también sopesan en que efectivamente esta defensa actuó de manera correcta al pedir que él se aparte del tribunal de sentencia que iba a juzgar al señor Paraguayo Cubas y tendrían que ser personas que verdaderamente estén totalmente excluidas o no tengan una vinculación política que podría de alguna forma también incidir en su decisión.

Saturday, November 9, 2024

La justicia en las causas de abuso sexual en niños

 ¿Cuál es el tratamiento que le dan los juzgados de garantías a los casos de abuso sexual en niños?



La jueza de garantías, Alicia Pedrozo, indicó que en general, cuando se tiene un caso de abuso sexual en niños lo que se trata es, desde un primer momento, salvaguardar lo que es la integridad, lo que es salvaguardar la vida misma de los niños.

Al respecto, mencionó que muchos difieren en edades de 3 años, 4 años, 5 años, tienen cuando se realizan las denuncias luego de que transcurra el periodo de niñez, pero el hecho ocurrió cuando la persona era niño.

Enfatizó que lo que se debe hacer es salvaguardar la integridad física y la vida inclusive, también verificar que estén las diligencias mínimas como para dar inicio al proceso, generalmente vienen con el estudio psicológico ya realizado en sede fiscal, con estudios victimológicos, en muchos casos ya viene con una Cámara Gesell, entonces estos elementos hay que verificar para dar inicio formal al proceso.

Friday, November 1, 2024

Una tormenta perfecta para Amaia Montero

 

Una tormenta perfecta musicalmente hablando para Amaia



Una tormenta perfecta como una entrega a la música y a la vuelta a lo que le hace latir el corazón de la cantante española Amaia Montero. Una invitación a esa entrega que puede ser a una persona con total desnudez en el sentido de las pasiones y otra podría ser a su música que vive en ella y que tiene que renacer y volver al mundo con toda su luz.

Una tormenta perfecta para reiniciar una carrera en solista comenzar de cero y a un estilo y voz que Amaia nos tiene acostumbrados con esas canciones que van de describir una pasión desenfrenada en una noche como para eternizarla y no sea efímera.

El título de la nueva canción de Montero es tremenda y rotunda, es tocar fondo y que llegué la tormenta perfecta para el reinicio de la vida musical de una intérprete de la canción en español que nos lleve a las estrellas o al infinito de lo que puede ser la esencia de esta cantante cuando une su alma a la música y vuelve a brillar como esa estrella que es.

 

Tormenta perfecta para pisar fuerte en el mundo de la música de la España actual. De esa tormenta que deja huellas en la persona, en donde va.

La defensa de Eusebio Torres argumentó su pedido de absolución en que ningún testigo vio ni nombró a Eusebio Torres

  El abogado Ariel Torres, defensa de Eusebio Torres, en sus alegatos finales señaló que en el año 76, 77, si hubieren ocurrido estos hechos...