Wednesday, October 30, 2024

Casos penales en la lupa. Entrevista a la jueza Lourdes Peña sobre un caso de homicidio en el sistema inquisitivo


 

 

1a Parte

 

Textos: Verónica Barrios.

Foto: Gentileza.

 

La particularidad de un caso de homicidio en el sistema inquisitivo

 

La jueza Lourdes Peña explicó que en primer lugar es un procedimiento el que teníamos antes del código procesal penal nuevo como el código penal nuevo. Detalló que eso significa en la causa que ocurrió en 1998 por un hecho de homicidio con tinte agravado de acuerdo con el código penal del momento porque la chica que falleció era su pareja en ese entonces.

 

Al respecto, indicó que se aplican los agravantes del artículo 337 que es la pena de homicidio tipificado en el código penal anterior, se aplica tanto el procedimiento como el código de fondo también se aplican las dos leyes que no están vigentes hoy en día.

 

Manifestó que sin embargo de acuerdo con el principio de legalidad que establece los hechos punibles que en este caso es de un delito grave se le aplica lo que estaba vigente en el momento, se le podría haber aplicado también el código penal actual si es que le favorecía a él entonces así se permite la irretroactividad en la ley, pero en el caso es mucho más agravado porque es un feminicidio hoy en día el tipo penal del artículo 337 agravado.

 

Especificó que como magistrada le aplicó los tres agravantes, uno, dos, tres y cuatro del código penal anterior.

 

Pormenorizó que las características son que se desarrolla todo el proceso en forma escrita y tal cual como dice el código procesal anterior el juez es el que realiza todas las pruebas, en ese sentido había ya una prueba que es de suma importancia como ella explicó en el momento de la lectura de la sentencia, como por ejemplo, el acta de declaración ante la escribana de la víctima Mercedes en esa época y a partir de ahí el Juez Criminal el Doctor Arnulfo instruyó sumario y decretó la detención y la rebeldía de esta persona porque no se presentó, a partir de ahí no se diligenció las pruebas que se deberían haber realizado, pero en el sistema procesal antiguo una vez que se queda en rebeldía normalmente para la investigación en ese sentido y no se diligenció nada.

 

 

 

 

 

 

Documentales en la causa de Tenencia de Estupefacientes

 




Ayer se dio la producción de pruebas documentales de las cuales fueron pruebas técnicas notas de instituciones a otras instituciones que se refirieron al inicio y avance de la investigación. La audiencia continuará el 5 de noviembre a las 10 con más documentales debido a que hay varias carpetas, de acuerdo con fuentes del Poder Judicial.

La documental número 1 que fue remitida por parte de la Procuraduría de Holanda es la que no se ha encontrado. Esta situación muchas veces acontece porque se traspapela, son demasiados tomos y pasa de un juzgado de garantías, a veces el juez de garantías cuando recibe y recepciona las carpetas no están completas, es una deficiencia de nuestro sistema judicial.

Entonces queda pendiente de búsqueda del informe de la documental número 1. En el juicio oral estuvieron presentes vía telemática los acusados y por videollamada la jueza María Luz Martínez. Mientras que el presidente del tribunal, Federico Rojas y la miembro Karina Cáceres estuvieron de manera presencial.

Wednesday, October 16, 2024

Editorial

 


La Mirada Noticiosa se ratifica en su compromiso de contar la verdad de los hechos y de exigir el respeto a la dignidad humana de la periodista Verónica Barrios en las coberturas en los tribunales, especialmente de parte de los jueces de sentencia porque la obligación de este medio independiente es informar con objetividad lo que ocurren en los juicios orales y públicos.

 

Este pedido se basa en los artículos 1, 26, 28 y 29 de la Constitución Nacional y se detallan aquí:

 

El artículo 1 de la Constitución Nacional al referirse a la dignidad humana:

 

´´La República del Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana´´

 

ARTICULO 26 - DE LA LIBERTAD DE EXPRESION Y DE PRENSA

 

´´Se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y de la opinión, sin censura alguna, sin más limitaciones que las dispuestas en esta Constitución; en consecuencia, no se dictará ninguna ley que las imposibilite o las restrinja. No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa.

 

Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines¨

 

ARTICULO 28 - DEL DERECHO A INFORMARSE

 

´´Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime´´.

 

ARTICULO 29 - DE LA LIBERTAD DE EJERCICIO DEL PERIODISMO

 

´´El ejercicio del periodismo, en cualquiera de sus formas, es libre y no está sujeto a autorización previa. Los periodistas de los medios masivos de comunicación social, en cumplimiento de sus funciones, no serán obligados a actuar contra los dictados de su conciencia ni a revelar sus fuentes de información´´.

 

La periodista defendió el derecho a la información de todos los ciudadanos porque estaba en un juicio oral y público y el tribunal especializado en Crimen organizado le faltó al respeto en su dignidad humana.

 

 

 

Saturday, October 12, 2024

La casa de Serafina Dávalos está en total abandono

 


El actor Gustavo Ilutovich contó para La Mirada Noticiosa que a la fecha la emblemática casa de Serafina Dávalos, abogada Nº 45 de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la U.N.A., primera mujer y Primera Doctora en Derecho, se encuentra en un estado de total abandono.

 

Describió que apenas se hicieron unos rústicos apuntalamientos y hace poco un destronque y desmalezamiento, anteriormente vivía un matrimonio de funcionarios de IPS que por lo menos la mantenían relativamente limpia y sobre todo a salvo de malvivientes intrusos que a partir de que fueron retirados, se hicieron dueños del lugar.

 

Al respecto, refirió que en repetidas ocasiones la Asociación Rescatando a Serafina constituida por descendientes y admiradores de la Dra. Dávalos, solicitó la restauración de la casa.

 

Detalló que hace unos años le fue concedida al Instituto Paraguayo de Artesanía, pero al cabo de un tiempo se canceló el convenio al parecer porque no consiguieron los recursos necesarios. Agregó que también un grupo de arquitectos, realizó una performance con la intención de llamar la atención sobre la necesidad de cuidado y restauración. Desconoce si alguien más hizo algo más sobre el particular.

 

Manifestó que la Municipalidad de Asunción declaró Patrimonio Cultural por Decreto y hace unos días en sesión se aprobó una acción tendiente a hacer una limpieza del predio.

 

Narró que la Asociación de Médicos tuvo a su cargo tengo entendido que por los años 80, convirtiendo la propiedad anexada por Serafina mediante la compra a su vecino, en un Salón de Fiestas que fue bastante popular, ignora hasta qué año, después se la abandonó completamente.


Aseveró que como Asociación de descendientes y admiradores de Serafina Dávalos hacen constantes eventos para recordarla, recuperar sus escritos e historia, especialmente en setiembre al que han definido como Mes De Serafina, ya que nació el 9 de setiembre de 1877 (NO EN 1883 como dicen varios libros y artículos periodísticos equivocadamente), defendió su Tesis HUMANISMO el 17 de ese mes en 1907 y pasó a la eternidad el 27 del año 1957.

 

Pormenorizó que cada año han organizado homenajes frente a la casa, Conferencias internacionales por la web, editado un libro con los artículos periodísticos encontrados, recordatorios y notas en los medios e incluso una obra de teatro: Serafina ¿dónde estás? que fue presentada en importantes ámbitos nacionales e internacionales. Añadió que también siguen tenazmente en la búsqueda de su cuerpo que fue enterrado sin su nombre, han tenido una entrevista con el Intendente y les prometió la ayuda para este fin.

 

Enfatizó que su mayor deseo es que la casa se convierta en un Centro Cultural que albergue un Museo de la Mujer como los hay en varios países latinoamericanos, con énfasis en la vida y obra de Serafina, espacios para conferencias, biblioteca, espectáculos al aire libre y bajo techo, biblioteca, etc.

 

Puntualizó que constantemente están alertando del estado en que se encuentra el predio y despertando la adhesión y simpatía de la población en sus diversos ámbitos.

 

Rememoró que según los datos que poseen, la propiedad fue enajenada en 1957, antes del fallecimiento de la Doctora Serafina Dávalos, por su compañera, Honoria Ballirán , que aparentemente vendió al Ministerio de Justicia y Trabajo. Dijo que desconoce el trámite por el cual pasó posteriormente a IPS.

 

Hay una falta de transparencia en el juicio oral y público del tribunal especializado en crimen organizado

 


La Mirada Noticiosa como medio de comunicación independiente denuncia la falta de transparencia del juicio oral y público en la causa de Causa: “JULIO CESAR DUARTE SERVIAN Y OTROS S/ TRAFICO INTERNACIONAL DE DROGAS”.

 

Con total falta de transparencia el tribunal ordenó borrar la fotografía que ilustraría la noticia sobre el caso. En el apartado del código procesal penal detalla sobre la publicidad de los juicios orales y públicos lo siguiente:

´´Artículo 368. PUBLICIDAD. El juicio será público. No obstante, el tribunal podrá resolver, aun de oficio, que se realice total o parcialmente en forma privada, sólo cuando:

1) se afecte directamente el pudor, la vida privada, la integridad física de alguna de las partes, de alguna persona citada para participar o de los jueces;

2) peligre un secreto oficial, particular, comercial o industrial; y,

3) se examine a un menor, si el tribunal considera inconveniente la publicidad. ´´

 

También hay que mencionar al artículo 28 CN sobre el derecho a la información que tienen todos los ciudadanos de este país:

 

ARTICULO 28 - DEL DERECHO A INFORMARSE

 

Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. ¨

 

La periodista Verónica Barrios solamente defendió el derecho a la información de la ciudadanía y fue tratada por el presidente del tribunal, Federico Rojas como ´´irrespetuosa´´; y en tono de burla, la miembro Dina Marchuk dijo a la periodista ´´usa tu imaginación vos sos periodista´´ haciendo alusión a la falta de fotografía que ilustraría la noticia sobre el juicio oral y público de hoy.

 

El presidente del tribunal ordenó que policías le saquen a la periodista que según él estaba interrumpiendo el juicio oral y público. Solamente estaba defendiendo el derecho a informarse de los ciudadanos paraguayos.

 

Pero por empatía de la actuaria Paola González no ocurrió eso y la periodista salió del juicio oral y público. La actuaria evitó la humillación de ser sacada de esa forma.

 

Como jueces de sentencia especializados en Crimen organizado deben ser transparentes.

 

 

 

 

 

 

Elegí ser periodista

 



Por Verónica Barrios

Foto: Gentileza 


Elegí ser periodista para ser valiente,

a veces se baila con la más fea

y porque quieren ocultar algo

que no quieren que sepamos los ciudadanos

Y cuando se baila con la más fea

es cuando más fuerza se debe tener

y abrazar el amor al periodismo

a ese periodismo en el lugar de los hechos

percibiendo con los sentidos

lo que ocurre en el lugar.

Cuando más incomode

es cuando algo más se oculta

de la ciudadanía

Y los periodistas

somos la voz

de los que no la tienen,

así a seguir mostrando lo que no quieren

y lo que censuran

y que se acostumbren a ser observados

por la ciudadanía

que al estar en un Poder del Estado

que es público

sus acciones tienen que dar cuentas al pueblo paraguayo.

Tenemos que contar la realidad

y la realidad no es literatura

y no se inventa.

 

Thursday, October 10, 2024

Segunda censura de trabajo periodístico, pero esta vez en causa de Causa:“JULIO CESAR DUARTE SERVIAN Y OTROS S/TRAFICO INTERNACIONAL DE DROGAS”

 


El presidente del tribunal, Federico Rojas y las miembros del tribunal Dina Marchuk y María Luz Martínez censuraron la toma de fotografías y ordenaron a una funcionaria para que borrara la fotografía que iba a ilustrar mi artículo periodístico mostrando falta de transparencia, ya que en el artículo Artículo 368 que trata sobre PUBLICIDAD de los juicios orales y públicos:

´´   El juicio  será público. No obstante, el tribunal podrá resolver, aun de oficio, que se realice total o parcialmente en forma privada, sólo cuando:

1) se afecte directamente el pudor, la vida privada, la integridad física de alguna de las partes, de alguna persona citada para participar o de los jueces;

2) peligre un secreto oficial, particular, comercial o industrial; y,

3) se examine a un menor, si el tribunal considera inconveniente la publicidad’’

 

La magistrada Dina Marchuk en tono de burla hacia el trabajo periodístico de la trabajadora independiente Verónica Barrios expresó que ´´usa tu imaginación vos sos periodista´´en referencia a la fotografía que me ordenaron borrar y la periodista recuperó de  la papelera para que observe el público la conducta antidemocrática y poco transparente del presidente del tribunal, Federico Rojas y su tribunal, pues él ordenó que le sacaran de la sala de juicios orales número 3 con los guardias, pero la actuaria Paola González tuvo la empatía de evitar esa humillación para con la periodista y le acompañó hasta la puerta y salió de la sala.

La periodista solamente defendía que es juicio oral y público y el derecho a informarse de la ciudadanía que está en el artículo 28 de la Constitución Nacional y el presidente del tribunal en forma prepotente ordenó que abandone la sala de juicios orales y le trató como irrespetuosa por defender un derecho constitucional del derecho a la información de todos los ciudadanos paraguayos.

Censura trabajo periodístico el tribunal especializado en Crimen en causa de Tenencia de Estupefacientes

 


Este vídeo es donde el abogado Ivo Caballero explicaba sus razones para recusar al tribunal presidido por el juez Federico Rojas e integrado por las magistradas María Luz Martínez y Karina Cáceres, en pleno juicio oral y público.

 

Se observa a la magistrada Karina Cáceres diciendo algo al presidente del tribunal, Federico Rojas, sobre la filmación del juicio oral y público y prohíbe a la periodista Verónica Barrios que se filme esa parte del juicio oral y público haciendo censura al trabajo periodístico de la misma y mostrando la poca transparencia en la causa de “CRISTIAN CESAR TURRINI AYALA Y OTRO S/ TENENCIA Y TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES” de parte del tribunal de sentencia.

 

Era el momento donde el abogado explicaba sus motivos para recusar al tribunal.

 

Es la prueba de que la justicia especializada en Crimen organizado es poco transparente en el juicio oral y público realizando prohibiciones fuera de lo que dice el código procesal penal en su artículo 368 y lo que no se puede dar publicidad de un juicio oral y público: ´´Artículo 368. PUBLICIDAD. El juicio será público. No obstante, el tribunal podrá resolver, aun de oficio, que se realice total o parcialmente en forma privada, sólo cuando:

1) se afecte directamente el pudor, la vida privada, la integridad física de alguna de las partes, de alguna persona citada para participar o de los jueces;

2) peligre un secreto oficial, particular, comercial o industrial; y,

3) se examine a un menor, si el tribunal considera inconveniente la publicidad. ´´

 

También violando el derecho a la información de los ciudadanos: ARTICULO 28 - DEL DERECHO A INFORMARSE:

Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. ¨

 

 

 

 

 

 Censura trabajo periodístico el tribunal especializado en Crimen en causa de Tenencia de Estupefacientes

 

Este vídeo es donde el abogado Ivo Caballero explicaba sus razones para recusar al tribunal presidido por el juez Federico Rojas e integrado por las magistradas María Luz Martínez y Karina Cáceres, en pleno juicio oral y público.

 

Se observa a la magistrada Karina Cáceres diciendo algo al presidente del tribunal, Federico Rojas, sobre la filmación del juicio oral y público y prohíbe a la periodista Verónica Barrios que se filme esa parte del juicio oral y público haciendo censura al trabajo periodístico de la misma y mostrando la poca transparencia en la causa de “CRISTIAN CESAR TURRINI AYALA Y OTRO S/ TENENCIA Y TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES” de parte del tribunal de sentencia.

 

Era el momento donde el abogado explicaba sus motivos para recusar al tribunal.

 

Es la prueba de que la justicia especializada en Crimen organizado es poco transparente en el juicio oral y público realizando prohibiciones fuera de lo que dice el código procesal penal en su artículo 368 y lo que no se puede dar publicidad de un juicio oral y público: ´´Artículo 368. PUBLICIDAD. El juicio será público. No obstante, el tribunal podrá resolver, aun de oficio, que se realice total o parcialmente en forma privada, sólo cuando:

1) se afecte directamente el pudor, la vida privada, la integridad física de alguna de las partes, de alguna persona citada para participar o de los jueces;

2) peligre un secreto oficial, particular, comercial o industrial; y,

3) se examine a un menor, si el tribunal considera inconveniente la publicidad. ´´

 

También violando el derecho a la información de los ciudadanos: ARTICULO 28 - DEL DERECHO A INFORMARSE:

Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. ¨

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Primer juicio oral y público con lengua de señas Entrevista a Alejandra Peralta Merlo, abogada querellante

 



Textos y Fotos: Verónica Barrios.

Alejandra Peralta Merlo, abogada querellante explicó que la prueba arrimada por la querella ha sido un screen de pantalla de un estado de WhatsApp, sabemos que tiene una duración de 24 horas, eso es lo que ella pudo ofrecer como prueba y tenemos que entender también que el acceso a la tecnología y a la informatización a lo que es el acceso a internet, evidentemente resulta más dificultosa para las personas sordas.


Refirió que entonces reunir elementos probatorios como lo hubiera hecho cualquier persona oyente resulta mucho más limitante, esto es lo que ella pudo ofrecer y es lo que se presentó, sin embargo eso estuvo autenticado por escribano público, no obstante, no reunió el grado de la certeza para la jueza para imponer la culpabilidad de quien denigró la memoria del señor Emilio Pineda.

Se le preguntó si va a apelar esta sentencia, respondió que realmente expresó la esposa del señor Pineda fue que Dios se encargara de la justicia, entonces no conversó todavía con ella y no sabe si tiene pensado apelar, pero confía mucho en lo que es la justicia divina y la paz interior que ella dice que le da su esposo.


La defensa de Eusebio Torres argumentó su pedido de absolución en que ningún testigo vio ni nombró a Eusebio Torres

  El abogado Ariel Torres, defensa de Eusebio Torres, en sus alegatos finales señaló que en el año 76, 77, si hubieren ocurrido estos hechos...