La violencia contra la mujer, la violencia sexual y el
código penal
La exfiscal y exviceministra de la Mujer, Liliana Zayas
Guggiari al hablar del código penal refirió que el propio código penal y yendo
hacia lo que es la violencia sexual y un acoso sexual, el código penal tiene
muchas barreras para la denuncia.
Al respecto, mencionó que en primer lugar, el código
penal pide que sea instancia de parte, es decir, que la víctima denuncie, no es
un hecho donde sin la denuncia de la
víctima la fiscalía puede investigar, solamente depende de la denuncia de la
víctima.
Señaló que se sabe muy bien los obstáculos que tienen
las mujeres víctimas de este tipo de violencia para formular una denuncia, en
primer lugar no se le cree, en segundo lugar, se les culpa, entonces tiene que
pasar una cantidad de obstáculos para poder sentirse seguras al momento de
realizar una denuncia y solamente puede ser un superior, alguien que esté por
encima de ella.
Enfatizó que sin embargo, el Ministerio del Trabajo
dentro de sus resoluciones establece que puede ser un compañero de trabajo o
incluso alguien que tenga un rango inferior o no tenga ninguna relación dentro
de lo que sería una jerarquía laboral.
Subrayó que entonces ven que en vez de ir
visibilizando también dentro del sistema punitivo como sería un código penal,
ven que otra vez el sistema del Ministerio del Trabajo a través de sus
resoluciones protege más a la mujer.
Habló del fenómeno de la retractación. Indicó que hay
una ruta crítica de la denuncia y una ruta crítica para las víctimas de
acompañamiento de las denuncias, porque ese acompañamiento que tienen hacer las
instituciones y la misma sociedad no es real y efectivo, una vez que hace la
denuncia finalmente las desgastan a las víctimas diciéndoles que tienen que ir
a ratificar, tienen que declarar, la revictimizan y luego las sanciones son
simbólicas si es que llegan a ser sancionadas.







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