Friday, October 31, 2025

Condenan por estafa y producción de documentos no auténticos en la modalidad de uso

 

Sentencia del día



Blas Benítez fue condenado a la pena de 2 años con suspensión de ejecución de pena en un plazo de 5 años, se van a imponer reglas de conducta y realizar el pago 149.360.000 fraccionado en 60 meses consistente en la suma de 2490. 000 por 5años, cuya constancia deberá presentar cada 3 meses cuando comparece al juzgado a registrar su firma y se mantienen las medidas impuestas por el A.I. 44 de fecha 09 de febrero de 2024.

 

La presidenta del tribunal, Rossana Maldonado comunicó que la decisión del tribunales unánime, son competentes, el hecho es de acción penal pública ocurrió en la ciudad de Asunción, no se ha cumplido el plazo para la extinción.

Le explicó de manera sencilla al acusado que para el tribunal quedó demostrado y acreditado el hecho punible de estafa y la producción de documentos no auténticos en la modalidad de uso.

Detalló que quedó acreditado que el señor Blas le ofreció al señor Robert un inmueble ubicado en el barrio Los Laureles, le ofreció por el valor de 200.000.000 de guaraníes y quedó demostrado que el señor Robert Fletcher abonó la suma de 149.360.000 al señor Blas Benítez a través del señor Silvestre Basilio Miño Florentín a quien le firmó un recibo de dinero y esta firma corresponde al señor Blas Benítez y tal y cual como el tribunal constató con el informe de la licenciada Rosemary sobre la firma de Blas Benítez.

Especificó que también el testigo manifestó que abonó la suma de 40.000.000 a 10.000.000, pero como se encuentran respaldados con otros documentos este tribunal no pudo acreditar fehacientemente. Contabilizó el perjuicio patrimonial demostrado es la suma de 149.360.000 guaraníes.

Mencionó que así quedó acreditado que el señor Blas Benítez en la modalidad uso entregó una cesión de derechos y acciones que firmó el hijo de Robert Fletcher. Señaló que dicha cesión de derechos y acciones era apócrifa.

Para el tribunal está acreditado el hecho punible de estafa el señor Robert pagó y no recibió la propiedad hasta hoy en día y se utilizó la cesión de derechos apócrifa. La presidenta del tribunal indicó que el acusado es merecedor de una sanción, pero no de una pena privativa de libertad.

Thursday, October 30, 2025

Para ambas defensas no se probó la participación de sus defendidos

Juicios orales del día

Duplica en causa de ley de drogas


El abogado Daniel Garcete, defensa de Gerardo Vallejos, en su duplica refirió que no se probó el hecho.  Pidió que tenga en cuenta la versión del policía que estuvo en la investigación.

Señaló que esos audios no tienen interpretación extensiva y tácita. Solicitó que la valoración de las pruebas sea según la sana crítica.

Indicó que no se probó la comercialización ni el beneficio. Citó que según los audios no se probó la comercialización de estupefacientes ni probó la fachada en que se lavaba dinero ni se ubicó en el allanamiento.

Mencionó que hubo dos equipos, el equipo técnico y de campo tampoco pudieron probar la participación de su defendido en ninguna entrega vigilada o en algún indicio, en alguna tentativa de que él haya incurrido a tratar de vender sustancias estupefacientes o intervenir y tampoco se probó algún beneficio de él.

De acuerdo con las pruebas, dijo que se comprobó que su defendido consume estupefacientes, él mismo en su defensa admitió y eso consta en la carpeta fiscal y judicial.

Volvió a solicitar que se valoren lo que se ha probado en juicio.

Luego el abogado Palacios, defensa de César Andrés Godoy en su duplica refirió que nunca se pudo demostrar con certeza esa situación. Señaló que a su defendido no se le hizo ni una sola pesquisa, investigación y seguimiento para corroborar.

Habló de los informes policiales donde decía que su defendido integraba esta estructura criminal y que nunca se tuvo el tiempo en que estuvo su defendido. Enfatizó que no existe ninguna pericia en el celular de su defendido.

Describió como una orfandad probatoria acerca de la acusación de su defendido.

La próxima audiencia continua el martes a las 10.30 con la duplica de la defensa número 10 y posteriormente la decisión en cuanto a la reprochabilidad.

Declaró perito informático sobre la extracción de datos de los teléfonos móviles en causa sobre ley 1881/2002 que modifica la ley 1340/88

 Juicios orales del día




Juraron dos peritos ante el tribunal y las partes. Declaró el perito informático Omar Cabrera.


Se produjo el informe sobre extracción de datos de los celulares. También se exhibió la evidencia número 1 y se mostró el contenido del informe a través de la pantalla.




El perito explicó sobre la metodología empleada en el proceso de extracción de datos de los teléfonos móviles. Refirió que analizó 12 ítems en total.


Se exhibieron las imágenes de sillas blancas y las conversaciones.


En un momento del juicio el perito Cabrera se refirió a los detalles de los teléfonos móviles, las fechas y hora de los mensajes. También sobre las fotos que se enviaron en los mensajes.


La próxima audiencia continúa el miércoles 5 de noviembre a las 10.30.

Siguió el interrogatorio a la mamá de Thirza y luego declaró el papá

 Juicios orales del día




Continuó interrogatorio a la mamá de Thirza Gloria Paola Franco. El abogado Gerardo Ortiz, defensa de la odontóloga Sandra Obertino y el anestesista Adrian García, le interrogó.


Ante su pregunta, ella respondió que perdió su estabilidad laboral, perdió todo.


El abogado del endodoncista Vicente Cabrera, Christian Tuma le hizo preguntas. También  el miembro del tribunal, Víctor Alfieri y la presidenta del tribunal Celia Salinas.


Luego declaró el papá de Thirza, Narciso Portillo. Narró que prepararon para ir al lugar, los momentos en que estaban en la clínica, sobre su conversación con Thirza y que le dijo que tenía hambre.




Se refirió sobre la cirugía y que le había preguntado a la dentista Sandra Obertino si estaba por terminar la cirugía.


Relató la llegada de la ambulancia. En un momento del juicio entre sollozos expresó que no sabía qué hacer. Contó que su hija había fallecido y no sabía qué iba a hacer, su señora se quedó con la pequeña.


Describió que su hija era una niña alegre. Contó los momentos más tristes como padre. 


La odontóloga Sandra Obertino estuvo presente vía telemática. El anestesista Adrián García y Vicente Cabrera estuvieron de manera presencial.

Wednesday, October 29, 2025

Se produjeron las documentales referentes a la agroganadera Nuevo Horizonte y el procedimiento fiscal en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal

 Juicios orales del día


Continúa la producción de las pruebas documentales sobre agroganadera, procedimiento y constitución fiscal




Textos: Verónica Barrios.


Foto: Gentileza.


Se produjeron las pruebas documentales referentes a la habilitación de vehículo en informe de municipio de Manuel Bruguez, el informe de la persona jurídica de la firma Nuevo Horizonte de Yolanda Insfrán Galeano y José Insfrán Galeano, la constitución de la firma.


El agente fiscal Silvio Corbeta resaltó sobre la constitución y los accionistas de dicha firma, también la asamblea ordinaria, el número de acciones y el balance general de la agroganadera.


Siguieron con las pruebas referentes al procedimiento fiscal y las aeronaves incautadas.


El Ministerio Público resaltó sobre el procedimiento y la constitución fiscal en el aeródromo Arrayán, los detalles de las aeronaves, la autorización de las mismas, el certificado de la matrícula, la póliza de seguros, el certificado de aeronavegabilidad.


La próxima audiencia continúa el jueves 6 de noviembre a las 8.


El senador Erico Galeano es juzgado por supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal.


El tribunal que juzga esta causa está presidido por el juez Pablino Barreto e integrado por los miembros Inés Galarza y Juan Dávalos.

Tuesday, October 28, 2025

Declararon una vecina, un médico y un oficial en causa de supuesto homicidio doloso

 Juicios orales del día


Testificales en causa de supuesto homicidio doloso

La testigo refirió que no ha visto nada. Ante las preguntas de la agente fiscal María Segovia respondió que después le contaron de la pelea.


Ella declaró de manera presencial.


Se produjo el informe médico relacionada con una consulta. Luego declaró vía telemática el doctor Martín Servian.


Tanto el Ministerio Público como la defensa resaltaron al documento.


El médico explicó sobre la cirugía y sobre la lesión con arma blanca y el tratamiento.


También declaró el oficial Rodrigo Escobar. Contó sobre el procedimiento policial y la constitución en el hospital con su compañero.


Se introdujo la nota sobre la actuación policial.


La próxima audiencia continúa el lunes 3 de noviembre a las 11.

Saturday, October 25, 2025

Para la defensa de Blas Benítez quedó probada la inocencia de su defendido

 

Alegatos finales de la defensa

 

Para la defensa de Blas Benítez quedó probada la inocencia de su defendido. El abogado Carlos Mendoza expresó que los testigos mintieron.

 

Enfatizó que nunca se pudieron producir las pruebas de descargo. Habló de inequidad procesal.

 

Citó una frase "el derecho a la defensa no se mendiga, o se ejerce o se viola". Pasó a exponer las pruebas. Cedió el uso de la palabra al abogado José Osorio.

 

El abogado Osorio se refirió a la valoración de la prueba y lo hizo leyendo un libro.

 

Citó las distintas documentales. Señaló que no pueden determinar quién es la víctima.

 

Mencionó documento por documento y los supuestos montos. Subrayó que nunca en la causa se presentaron los documentos originales.

 

Volvió a hablar el abogado Mendoza. Indicó que la pericia fue una presunción. Volvió a decir que los testigos mintieron y tienen un interés en la causa.

Analizó el hecho punible de estafa. Enfatizó que no hay prueba de la declaración falsa ni se trajo el daño patrimonial de lo que se perdió.

 

Como defensa sostuvieron que Blas Benítez no tuvo participación en el hecho. El abogado detalló los elementos de la estafa.

 

Solicitó que su defendido siga litigando en libertad.

 

Analizó el artículo 65 del código penal.

 

La próxima audiencia continúa el viernes a las 8.30 con la réplica y duplica.

 

 

 

 

La fiscalía solicitó la pena de 4 años y la querella adhesiva de 5 años

 




Para el Ministerio Público el hecho de estafa fue probado. Citó las testificales y documentales para argumentar su posición.

La agente fiscal Angélica Insaurralde detalló sobre los hechos acusados en sus alegatos finales.

Se refirió sobre la participación del acusado en el hecho. Mencionó los montos de la compra del duplex, los cheques, la cesión de derechos de acciones.

Señaló que con la suma de las pruebas, se probó el hecho de estafa en su modalidad de uso.

Analizó los presupuestos de la punibilidad y los items  del artículo 65 del código penal.

Contabilizó que el daño patrimonial fue de 200.000.000 de guaraníes. Solicitó 4 años de pena privativa de libertad para el acusado.

En tanto la querella adhesiva habló del engaño en la venta del duplex. Mencionó los distintos pagos. También de engaño y de uso de documentos apócrifos.

Dijo que la autoria del acusado quedó demostrada según las pruebas.

Se refirió que el perjuicio patrimonial fue de 200.000.000.

También realizó el análisis del artículo 65 del código penal con respecto a la medición de la pena.

Solicitó la pena privativa de libertad de 5 años.

 

 

Los miembros del tribunal explican la situación del abogado querellante Miguel Ángel Fretes en la causa

 


Para aclarar la decisión del tribunal, el miembro Juan Ortiz mencionó a dos poderes uno se le dio al abogado y el segundo poder se le da al otro abogado. Señaló que cuando se da el segundo poder la escribana que elaboró ese poder estaba suspendida como cotejan.

Detalló que la decisión que toma al tribunal dándole razón a la defensa es que el abogado cuyo conocimiento tienen ahora, esto es un hecho nuevo, sino ya de entrada ya hubieran tomado la decisión al respecto.

Explicó que el abogado tiene un impedimento de mandato concreto, pero existe otro mandato que fue dado con anterioridad cuando la escribana no estaba suspendida. Refirió que ellos como tribunal entienden que con eso salvan la no declaración del abandono de la querella.

Reflexionó que realmente el argumento que da la defensa ya no es un argumento de reposición sobre la decisión del abandono, sino el argumento de nulidad en cascada de lo actuado, por eso resulta inviable procesalmente su planteamiento y por los argumentos entienden no hay tal nulidad el titular de la acción que es el legítimo está e incluso hay un segundo abogado querellante.

Agregó que a eso hay que sumarle ello implica un agravio hipotético, que la defensa o cualquiera de las partes cuando va a fundamentar un pedido de nulidad tiene que cumplir 4 requisitos. Citó al Doctor Jesús Riera en su tesis al referirse a la teoría de la nulidad, el primer elemento es la transgresión de una normativa, que acá se cumple ese argumento como manifestó la defensa, pero el segundo es la existencia de un agravio concreto real y patente.

Indicó que lo que decir es que se tiene que fundamentar un agravio específico.

También el miembro del tribunal Manuel Aguirre dio su explicación al respecto sobre el poder especial. Especificó que los escribanos son habilitados como tal en tal norma, en este caso, la Corte le suspendió en sus funciones, le quitó la potestad de seguir otorgando cualquier instrumento o poder.

 

Tribunal agotó todas las instancias en el tiempo prudencial con respecto a la medida de mejor proveer

 


El tribunal agotó todas las instancias en el tiempo prudencial con respecto a la medida de mejor proveer. Con las pruebas ofrecidas y producidas las partes van a tener manifestar sus posiciones.  Así lo expresó la presidenta del tribunal, Rossana Maldonado.

Como tribunal consideran que ya fue el tiempo suficiente y no teniendo respuesta van a excluir tanto el informe del Centro Dar Vida y el exhorto remitido también a la República Argentina por secretaría van a oficiar eso.

Se produjo el informe de Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia con respecto a la escribana María Lourdes Villamayor.

La defensa de Blas Benítez resaltó sobre la suspensión de la escribana. En un momento del juicio, la presidenta del tribunal explicó que el tribunal ha constatado los antecedentes de la escribana y se constató que tenía varios expedientes.

Detalló cada punto del documento. Comunicó que el tribunal resolvió cancelar la personería del abogado Miguel Ángel Fretes Duarte en la presente causa, dejando al profesional del derecho Ever Jesús Aranda Morínigo como la querella adhesiva.

La defensa de Blas Benítez repuso la decisión con respecto al abogado querellante Miguel Ángel Fretes. Resaltó la participación activa del mismo y no es viable excluir a alguien en un proceso que ha viciado completamente dentro de este juicio.

En tanto la agente fiscal Ángelica Insaurralde se refirió que nadie estaba a conocimiento de esta suspensión y el abogado tampoco tenía conocimiento y el poder hasta este momento se da, se habló legalmente. Enfatizó que no considera la postura del abogado defensor. La querella adhesiva se allanó a las manifestaciones del Ministerio Público.

El abogado querellante subrayó que la defensa podía haber revisado en su momento los documentos en las etapas del proceso.

Friday, October 24, 2025

Declaró la mamá de Thirza y relató los hechos

 Juicios orales del día


La mamá de Thirza contó al tribunal sobre el control odontológico de su hija y sobre el tratamiento de la misma. Refirió que buscó en las redes sociales una odontopediatra para su pequeña y contactó con la dentista Sandra Obertino.


Habló sobre una placa dental y el tratamiento de endodoncia. Mencionó los análisis laboratoriales con el visto bueno del pediatra con el procedimiento y la odontóloga le explicó el procedimiento.


Detalló sobre que no pudieron durante el procedimiento porque la sala era pequeña. Relató los momentos difíciles como mamá y lo hizo entre sollozos.


Hoy se dio la declaración de la madre de la niña Thirza Gloria Franco ante el tribunal y las partes.


 La próxima audiencia continúa el jueves 30 de octubre a las 07.30.


El tribunal que juzga en la causa está presidido por la jueza Celia Salinas e integrado por los miembros Olga Ruiz y Víctor Alfieri.

Se produjeron las pruebas documentales admitidas vía incidentes en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal

 Juicios orales del día


Documentales en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal




Continuó la producción de las pruebas documentales las que fueron admitidas vía incidentes en el juicio.


 Entre ellas el AI sobre la elevación a juicio oral, el A I del juzgado de garantías relacionado con la audiencia preliminar, el requerimiento de acusación y el operativo A Ultranza ante el juzgado especializado.


Las pruebas documentales que fueron producidas durante este viernes fueron las relacionadas con los documentos de Inmigraciones sobre Sebastián Marset, los relacionamientos de éste con los procesados, los inmuebles, los transportes aéreos, las empresas agroganaderas, las aeronaves adquiridas, el acopio de cocaína, sobre la familia Insfrán, el traslado vía terrestre de la droga, la comunicación entre Marset y Miguel Insfrán.


Siguieron con la acusación sobre inmueble adquirido por Insfrán, el contrato privado y cesión de derechos a inmobiliaria Raíces, la camioneta color blanco adquirido por la agroganadera investigada, el allanamiento en Altos, el informe del reino de los Países Bajos sobre la carga de cocaína.


También el expediente, el memorándum donde se informa sobre Hugo González Ramos sobre formularios del proceso de habilitación del aeródromo San Agustín.


La defensa del senador Erico Galeano, el abogado Ricardo Estigarribia resaltó sobre el piloto y la cantidad de vuelos.


La próxima audiencia el miércoles 29 a las 8 horas. El tribunal que juzga esta causa está presidido por el juez Pablino Barreto e integrado por los miembros Inés Galarza y Juan Dávalos.

Wednesday, October 22, 2025

Se produjeron documentales relacionadas a los vuelos, declaraciones juradas del senador Erico Galeano e informes de la Ande


Juicios orales del día

Documentales en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal



Se produjeron las pruebas referentes a la habilitación, explotación y el uso del espacio aéreo, la certificación de vigilancia; los servicios aeronáuticos, aeroportuarios sobre el aeródromo San Agustín, el plan del área de aviación, la certificación de firma sobre declaraciones juradas de Hugo González Ramos.

Siguieron con las documentales relacionadas con la escritura pública de acuerdo de autorización de uso y goce del inmueble sobre compra; la nota sobre la solicitud de la construcción de un aeródromo en Benjamín Aceval, Presidente Hayes,  para uso privado; la fotocopia de cédula de Hugo González Ramos; los informes remitidos por la Dinac.

También sobre la licencia de vuelo realizado, operación de salida, vuelos realizados, plan de vuelo e identificación de aeronave y piloto, destinos, pilotos al mando, el informe de la Contraloría General de la República sobre declaraciones juradas del año 2018 y el año 2022 la rectificación presentada por el señor Erico Galeano, la copia simple de la declaración presentada por el señor Erico Galeano ante la Contraloría, el registro de la firma de la estación de servicios Alpina;

Por su exhibición el informe remitido por Banco Basa en relación a la transferencia realizada por el señor Erico Galeano. Se produjo el informe de la Ande sobre personas jurídicas relacionadas con Erico Galeano.

El senador Erico Galeano es juzgado por supuesto lavado de activo y supuesta asociación criminal.

El tribunal que juzga esta causa está presidido por el juez Pablino Barreto e integrado por los miembros Inés Galarza y Juan Dávalos.

 

 

Declaración del endodoncista versó sobre la comunicación con la odontóloga y el tratamiento de endodoncia

 Juicios orales del día

Declaración de Vicente Damián Cabrera



 

El acusado Vicente Damián Cabrera contó de la comunicación que se dio con la odontóloga Sandra Obertino. También sobre el tratamiento de endodoncia.

 

Hizo su relato de los hechos ante el tribunal y las partes. Fue interrogado por la presidenta del tribunal Celia Salinas y los miembros Victor Alfieri y Olga Ruiz.

 

Luego se produjeron las pruebas documentales referentes a la denuncia, el procedimiento policial, el certificado de defunción de la niña Thirza, el acta de procedimiento fiscal, el formulario de solicitud de pericia.

 

Por su exhibición las pruebas sobre el estudio laboratorial.

 

La próxima audiencia continúa el viernes 24 de octubre a las 11 con las testificales. Ver menos

Decisión del tribunal sobre las reposiciones de la querella adhesiva y las dos defensas e inició del juicio oral en causa de supuesto homicidio culposo

 

Juicios orales del día

Decisión de la reposición de la querella adhesiva y las dos defensas en causa de supuesto homicidio culposo



La presidenta del tribunal Celia Salinas inició realizando la explicación de lo decidido por el tribunal en cuanto a las reposiciones planteadas por los abogados querellantes y las dos defensas en ese juicio oral y público.

Sobre la reposición en cuanto a la ampliación, el tribunal rechazó porque no existe un hecho nuevo. La ampliación resulta improcedente.

En cuanto a la reposición sobre la reconstrucción de los hechos, rechazó porque no constituye una prueba diferente a la Constitución admitida.

Con respecto a la reposición de la defensa de Sandra Obertino y Adrián García, el colegiado rechazó por improcedente. Acerca de la reposición de la defensa de Vicente Damián Cabrera, también rechazó.

Luego el abogado Gerardo Ortiz, defensa de Sandra Obertino y Adrián García volvió a insistir en la reparación del daño y ofreció 300.000.000 al contado.

Se corrió traslado al Ministerio Público. La agente fiscal valoró la intención reparatoria, pero consideró que es una maniobra dilatoria. En tanto la querella adhesiva, su parte no acepta el arreglo.

Se dio apertura al juicio. Por secretaría, el actuario Héctor Sales leyó el auto de apertura sobre los hechos acusados.

Luego se dieron los alegatos iniciales del Ministerio Público y la querella adhesiva. La defensa de Sandra Obertino y Adrián García reservó sus alegatos.

En tanto la defensa de Vicente Adrián Cabrera ha cambiado debido a que su representado va a realizar su declaración. En sus alegatos iniciales enfatizó que va a demostrar que su defendido no participó del acto previo.

 

 

Friday, October 17, 2025

Condenan a 12 años por abuso sexual en niños y pornografia infantil

 Sentencia del día 


Condenan a músico por abuso sexual en niños y pornografia infantil

El músico Pablo Benegas es condenado a una pena privativa de libertad de 12 años por abuso sexual en niños y pornografia relativa a niños. Respecto a otros hechos se lo absolvió por duda razonable.


Luego de la deliberación, la presidenta del tribunal Lourdes Garcete hizo una introducción explicando sobre la reprochabilidad del acusado para pasar al análisis de la medición de la pena.


Mencionó los 10 ítems del artículo 65 del código acerca de la medición de la pena.


Al finalizar en su intervención dio a conocer que el tribunal decidió imponer la pena privativa de 12 años al cantante.


El tribunal que juzga esta causa está presidido por la jueza Lourdes Garcete e integrado por los miembros Rossana Maldonado y Juan Ortiz.

Thursday, October 16, 2025

Tribunal hizo lugar a la alegación defensiva con respecto al hecho punible de frustración

 Sentencia del día

Explicación del veredicto con respecto a la frustración


El presidente del tribunal Juan Pablo Mendoza señaló que sobre la punibilidad del artículo 177 frustración de la ejecución de manera unánime como tribunal han dado lugar a la alegación defensiva.

Explicó con respecto al hecho de frustración que ya está prescripto. Aclaró que quien ha sido víctima del hecho de frustración tenía que ser el primer embargante, en este caso, ha sido la persona que ha demandado una reparación de acción ejecutiva al hoy acusado que no forma parte de este juicio.

Realizó un análisis de la medición de la pena y citó al artículo 65 del código penal. Manifestó que en la sentencia escrita estará de manera más detallada. Citó los puntos que se analizan en dicho artículo.

Concluyó su exposición de los argumentos de la sentencia, preguntó a los miembros si hay algo que falta decir y al no haber nada se despidió del público presente y salieron las personas de la sala de juicios.









Los argumentos del tribunal con respecto su decisión

 Sentencia del día

Los argumentos del tribunal 




El presidente del tribunal Juan Pablo Mendoza explicó los motivos que les llevaron a adoptar esta determinación. Señaló que se trata de una decisión asumida unánime.

Mencionó que como tribunal han acreditado la existencia de los hechos en base de la acusación considerando que existe una franja de hechos que no ha sido en realidad controvertida.

Sobre lo que sí se ha controvertido, indicó sobre el engaño y que en términos de la ley paraguaya se define como una declaración falsa sobre un hecho. Se refirió a la tesis de la acusación fiscal.

Enfatizó que han analizado las pruebas que se han prestado con mucho detalle de acuerdo con las declaraciones testificales y las profusas documentales entre las que se ofrecieron las acciones civiles preexistentes una preparación de acción ejecutiva que fuera planteada por el tío del acusado de manera anterior a la firma del contrato en el que se habría librado un embargo por 26.000.000 de guaraníes que existía respecto al bien el vehículo.

Sobre este punto se refirió a la alegación de la defensa. Citó que han valorado las circunstancias del propio acuerdo, la propia homologación de acuerdo señalaba que en realidad la reparación de lo reclamado por la demanda y en este caso no se realizó en un solo acto, en un solo pago lo que en realidad fue establecido de tal suerte que debían ser sucesivos pagos, sucesivas cuotas a los efectos de satisfacer la demanda.

Explicó sobre los elementos de la estafa. Subrayó que han valorado un conjunto de mensajes intercambiados por chat. Acerca de la legitimidad de dicho medio probatorio, refirió que no fue objeto de ningún cuestionamiento, por el contrario, la defensa hizo valer parte de esos mensajes admitiendo la legitimidad de los mismos.

Remarcó que entienden en esa circunstancia no ha existido un desmedro a la garantía constitucional del secreto de comunicaciones ni al derecho de la privacidad ni ha sido objeto de valoración explícita.

Mencionó que hay mensajes que son reveladores cuando el acusado habla que existió un autoembargo como mecanismo para poder protegerse.

Con respecto a la relación causal, explicó que el primer embargo fue causal de la no transferencia del vehículo y consecuencia eso arroja la verificación del perjuicio económico.

Condenan a 2 años, aplican la suspensión de la ejecución de la condena en un plazo de 3 años

 Sentencia del día


Comunicación del veredicto


Luego de la deliberación, el presidente del tribunal, Juan Pablo Mendoza dio a conocer el veredicto. La decisión del tribunal fue unánime.


El presidente del tribunal pasó a explicar de manera sucinta la decisión. Refirió que como tribunal han discutido las tesis expuestas por las partes y han llegado a las siguientes determinaciones. 


Mencionó que la acción penal se encuentra vigente por lo que respecta al hecho punible de estafa y el hecho punible de frustración no ha seguido de esa forma, son competentes, también han llegado a la convicción de la acreditación de los hechos que forman parte del relato fáctico de la parte acusadora, han acreditado según la evidencia de la participación del señor Carlos Viveros.


Subrayó que han establecido la verificación de los presupuestos de la punibilidad de la conducta del mismo, han calificado la conducta de acuerdo con el artículo 187 inciso 1 del código penal en concordancia con el art. 29 inciso 1 y han establecido una sanción, condenarlo a la sanción de 2 años de pena privativa de libertad así mismo han resuelto aplicar la suspensión de la ejecución de la condena sometida al cumplimiento de determinadas obligaciones entre las que se encuentran la reparación del daño, la prohibición de salida del país, la prohibición de cambio de domicilio, la comparecencia, la firma.


Detalló al respecto que han resuelto imponer medidas también la comparecencia del mismo con el efecto de firmar ante el juzgado correspondiente así como la prohibición de cambiar el domicilio sin autorización previa del órgano jurisdiccional y la prohibición de salida del país, además de la imposición de costas a la parte condenada.


En cuanto a la reparación del daño, señaló que han establecido el plazo de 3 años para su cumplimiento.

Se produjeron las pruebas documentales referentes a la aeronave y la cantidad de vuelos en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal

 Juicios orales del día 


Documentales en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal





Se produjeron las pruebas documentales referentes a la aeronave y el registro aeronáutico, la póliza de seguros, el nombre del piloto y la cantidad de vuelos.


Siguieron con el informe de la Dinac, el certificado de aeronavegabilidad, la licencia del piloto, los vuelos registrados y el legajo del piloto.


El Ministerio Público resaltó sobre la aeronave y las pruebas referentes a la Dinac.


En tanto, el abogado Ricardo Estigarribia resaltó sobre la cantidad de vuelos, el nombre del piloto y aeronave.


El senador Erico Galeano es juzgado por supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal.


El tribunal que juzga esta causa está presidido por el juez Pablino Barreto e integrado por los miembros  Inés Galarza y Juan Dávalos.

Tuesday, October 14, 2025

Tribunal condena a dos años por estafa

 Sentencia del día 





Luego de la deliberación, la presidenta del tribunal María Fernanda García se refirió a que el tribunal se declaró competente, la acción penal está vigente y luego su explicación se centró en la existencia del hecho punible.


Al hablar de la estafa señaló analizando desde el punto de vista del artículo 187 del código penal que la señorita Karen Micaela Samaniego realizó la declaración falsa al momento de la emisión de los 4 cheques donde la acusada hizo creer a la firma de su voluntad de pago debido a su comportamiento adecuado en distintas operaciones ya realizadas por la firma con la utilización de instrumentos de créditos como un medio de engaño.


Detalló que la misma utilizó los cheques del pago diferido para perjudicar patrimonialmente a la firma y el dolo se patentiza más aún cuando la misma el 28 de febrero va y menciona al Banco y elige cuáles cheques han sido extraviados teniendo conocimiento pleno de que estos se encontraban en posesión de la firma.


Argumentó que es por ello que el tribunal considera que su intención se dio al momento de la emisión de los mismos y el error se da en la confianza de la firma, la firma tenía una expectativa de cobro por el ganado y el perjuicio se exterioriza cuando los cheques al momento de concurrir al banco fueron rechazados no teniendo una contraprestación por las cabezas de ganado.


Enfatizó que el tribunal que sostiene de manera contundente y categórica que la acusada al momento de emitir los cheques no iban a ser cobrados. Sobre el dolo, explicó que sabía que no iba a abonar y sin embargo emitió los cheques.


Realizó un análisis de los presupuestos de la punibilidad. Como tribunal consideran que no será superior a la de un año con suspensión de la ejecución de la condena de dos años la cual deberá abonar cuotas de 4.000. 000 en 24 meses con un refuerzo de 59.000.000 al final.

Monday, October 13, 2025

Se produjeron documentales referentes a estado de cuentas corrientes de Erico Galeano y Hugo González Ramos en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal

 Juicios orales del día 


Documentales en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal



Se produjeron las documentales referentes al estado de cuenta del señor Erico Galeano, el informe sobre la cuenta corriente del banco Sudameris.


Siguieron con los extractos de la cuenta corriente del Banco de Fomento, la Constitución de una firma de Sociedad anónima, la nota de denuncias penales del Ministerio Público sobre Hugo Manuel Gonzalez Ramos.


También del informe sobre extractos de la cuenta corriente del señor Erico Galeano en el Banco Continental.

Se hizo un pequeño receso de minutos.


Luego del receso siguieron con el informe de la Subsecretaria de Estado de Tribulación en relación a Erico Galeano, la copia de la constancia del Registro Unico del Contribuyente y la solicitud de actualización de Erico Galeano ante la SET.


También la copia de actualización de persona jurídica de estación de servicios de Capiata, la copia de constancia de persona jurídica de dicha estación de servicios, la declaración jurada del señor Erico Galeano.


Pruebas referentes a Hugo Gonzalez Ramos sobre cuestiones tributarias, el estado financiero de Hugo Gonzalez Ramos, el estado de cuenta de Hugo Gonzalez Ramos, el informe remitido por la SET en relación a Erico Galeano sobre estación de servicios, la declaración jurada presentada ante la SET por Erico Galeano, el balance general presentada ante la SET por Erico Galeano, el estado financiero de Erico Galeano.


Pruebas sobre avioneta citando el registro aeronáutico.


Acerca de una compra de avioneta, el contrato de préstamo de cooperativa, un contrato privado de la cooperativa Universitaria, ell recibo, extracto referente a un préstamo, entre otras pruebas.

Friday, October 10, 2025

Etapa de incidentes en causa de supuesto homicidio culposo

 Juicios orales del día 

Etapa de incidentes en causa de supuesto homicidio culposo



El abogado querellante Helios Cuéllar planteó el incidente de inclusión probatoria del certificado de nacimiento, el acta de defunción, también el certificado de indicaciones sobre un presupuesto de endodoncia, las placas fotográficas, el incidente aclaratorio sobre la Constitución, la testifical de Bianca Tamara Azar.

Luego el abogado Gerardo Ortiz, defensa de la odontóloga Sandra Obertino y Adrián García, refirió que sus defendidos ya gozan de un castigo social y mediático que en el cúmulo de dichas circunstancias se fueron dando, derivó en un trágico y doloroso desenlace de un ser humano. Planteó un incidente innominado.

Dijo que sus clientes piden perdón a la familia. Expresó que sus clientes quieren reparar ese daño monetariamente y de alguna manera con el trabajo que puedan realizar sus representados y ofrecer la suma de 300.000.000 a ser pagados eventualmente en cuotas iguales por cada uno de 4166.000.

Planteó el incidente de nulidad del auto de elevación porque la acusación está viciada, el incidente de extinción por la perentoriedad de la etapa y el sobreseimiento definitivo de sus defendidos. También el incidente de exclusión probatoria en cuanto a las evidencias y las actuaciones presentadas extemporáneamente. 

En tanto el abogado Christian Tuma, defensa de Vicente Cabrera, planteó el incidente con respecto a la reparación del daño. Ofreció 2.000.000 por mes, el incidente de nulidad del auto de apertura. 

Expuso los antecedentes del caso. Manifestó que están aquí para llevar adelante un debido proceso y saber lo que pasó. Señaló que no se oponen a ningún medio de prueba.

Planteó en caso de no declararse la nulidad se admitan todas las pruebas de la querella, la defensa.

En cuanto al incidente de inclusión probatoria,  mencionó al informe del Ministerio de Salud y el Círculo de Odontologos, el informe del hospital Tropical, la testifical de la doctora Belén Maldonado, mensajes de textos enviados y recibidos por Vicente Cabrera.

Contó que en este caso hubo dos acusaciones la del 19 de mayo y la del 31 de enero de 2025 y que hay contradicciones en la exposición de los hechos. Describió que las contradicciones son notorias.

La próxima  audiencia continúa el 15 de octubre a las 11 horas. La odontóloga Sandra Obertino, el anestesiólogo Adrián García y el endodoncista Vicente Cabrera son juzgados en esta causa.

El tribunal que juzga esta causa está presidido por la jueza Celia Salinas e integrado por los miembros Olga Ruiz y Víctor Alfieri.

Asume nueva defensa del acusado e inicia juicio oral y público en causa de supuesto homicidio doloso

 Juicios orales del día 




Como defensa del acusado Thiago Ortola asumió el abogado Daniel Garcete.


Con la venia del presidente del tribunal Juan Francisco Ortiz la miembro del tribunal Rossana Maldonado dirigió la audiencia.


Leyó el auto de apertura a juicio. Luego la fiscala Laura Finestra presentó su acusación en sus alegatos iniciales. Habló de los hechos acusados.


Refirió que en sus alegatos finales tratará sobre el pedido de pena.


En tanto la defensa se reservó sus alegatos.


La próxima audiencia continúa el miércoles 15 de octubre a las 11. 


El tribunal que juzga esta causa está presidido por el juez Juan Francisco Ortiz e integrado por los miembros  Manuel Aguirre y Rossana Maldonado.

Wednesday, October 8, 2025

Declaró un piloto y luego se produjeron las pruebas documentales en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal

 Juicios orales del día


Causa de la ley 1881/2002 que modifica la ley 1340


Declaró piloto en causa de supuesto lavado de activos y supuesta asociación criminal


El piloto Diego Vicente Quiroz en su testifical expresó que su interés es que se vea la verdad y la gente sepa quién es, perdió muchas cosas, tuvo muchos problemas y quiere ayudar a que termine rápido.


Contó que sobre la causa conoce lo que salió en las noticias y el trabajo que le toca realizar es de hace 18 años. Detalló que su trabajo consiste llevar a las personas de un punto A a un punto B con la mayor seguridad, confort y rapidez posible. Agregó que su trabajo también consiste en ver que las personas estén al día y con sus documentaciones al día.


Luego el Ministerio Público interrogó al testigo sobre la relación con el señor Galeano. El testigo respondió que es una relación laboral y sobre el tiempo en que es piloto, volar y el tipo de aeronave, la aeronave que volaba con el señor Galeano, la matrícula. El testigo le deletreó las siglas de la matrícula al agente fiscal. 


También las preguntas fueron cómo era su relación laboral, la gestión del mantenimiento de póliza, los vuelos que realizó con esta aeronave. 


El testigo dijo que perdió la felicidad, tenía un buen trabajo, los mejores puestos y perdió por culpa de este problema. Refirió que él sabe lo que es estar expuesto, su nombre fue muy manoseado y no sabe cómo explicar.


La defensa de Erico  Galeano, el abogado Ricardo Estigarribia también le interrogó sobre los cursos  realizados como piloto, sobre quiénes les provee los aviones, la comunicación del uso del avión al propietario, sobre el contacto con los pasajeros, si pasan por un control, el control con el avión de Erico Galeano, su relación con Erico Galeano, entre otras preguntas.


Luego se produjeron las pruebas referentes a una inmobiliaria, una compra-venta de inmueble, la solicitud de orden de escritura,  el certificado de cumplimiento tributario, el informe de registro automotor, el informe de la Dirección de los Registros públicos.

La querella adhesiva pidió la ampliación de la acusación en el sentido de modificar la calificación

 Juicios orales del día


Etapa de incidentes en causa de supuesto homicidio culposo





Al respecto el abogado querellante Helios Cuéllar fundamentó que el motivo es el último dictamen de la junta médica que no fue mencionada en la acusación principalmente porque Sandra Obertino, Adrian García fueron acusados por homicidio culposo y Vicente Cabrera fue acusado por homicidio doloso, pero después cambió por homicidio culposo.


Señaló que estos hechos referentes a la junta médica da pie como hecho nuevo a plantear como homicidio doloso, además también otro fundamento de que en la acusación no se mencionó el informe de la Sociedad de Anestesiología, tampoco se tuvo en cuenta el informe de la Sociedad de Odontología.


Remarcó que estos nuevos hechos, estas circunstancias no mencionadas en la acusación dan pie a la modificación de la calificación y que no es causa de ningún agravio porque la conducta es provisoria, pero da pie para que ellos aporten nuevos elementos de prueba para que demuestren que existió homicidio doloso en grado eventual.


Planteó la ampliación de la acusación en el sentido de modificar la calificación del artículo 107 al artículo 105 inciso 1.


La próxima audiencia continúa el viernes 10 de octubre a las 10 horas con los incidentes.

Querella adhesiva pidió ampliar la acusación en causa de supuesto homicidio culposo

 Juicios orales del día


Etapa de incidentes en causa de supuesto homicidio culposo




La querella adhesiva planteó la ampliación de la acusación fundado en el art. 386 del código procesal penal. En su momento de hablar el abogado querellante Helios Cuéllar se refirió sobre este requerimiento.


Detalló que la acusación contra los señores señora Sandra Obertino, Adrian García y Vicente inicialmente ellos están acusados por el hecho punible de homicidio culposo del artículo 107 del código penal, pero de acuerdo con este fundamento la querella solicitó que el hecho fáctico sea de acuerdo con el artículo 105 inciso 1 homicidio doloso en grado eventual.


Pasó a fundamentar el por qué. Argumentó que la querella adhesiva durante todo el procedimiento ha tenido la tesis de que los acusados debían enfrentar por este tipo penal.


Explicó que en la acusación hubo elementos que no fueron considerados justamente para calificar y eso justamente cuando no se menciona en la acusación. Fundamentó que por esa razón pidieron como querella adhesiva la ampliación por homicidio doloso, en relación a los hechos.


Citó los procedimientos, los informes y la causa de la muerte están en base a una junta médica. Detalló que hubo varias juntas médicas y en esta causa hubo sobreseimiento provisional en el cual hubo elementos nuevos y que diseñan y fundamentan que el hecho punible debe ser doloso.

Tribunal no hace lugar a excepción planteada por la defensa en causa de supuesta estafa

 Juicios orales del día


Decisión del tribunal sobre la excepción




La presidenta del tribunal, Rossana Maldonado explicó que con respecto a la querella adhesiva consideran que no va a afectar a la regularidad del proceso. Indicó que este planteamiento es inidóneo.


Argumentó que no hace lugar a la excepción de la defensa, pero como es una cuestión de orden público este tribunal como medida de mejor proveer va a librar oficio a la Corte Suprema de Justicia a fin de que informe los antecedentes de la suspensión de la escribana María Lourdes Villamayor y no obstante en la próxima sesión del martes se va a expedir en referencia a la intervención de la querella adhesiva una vez que esté el informe oficial de la máxima instancia judicial.


Informó que la continuación de la audiencia será el próximo martes a las 11. 


En modo de aclaración, el miembro del tribunal Juan Ortiz explicó que en la excepción en este momento procesal ya no es viable, ya se superó esa etapa, no obstante como es de orden público ellos rechazaron por una cuestión procesal, pero van a pedir los oficios, van a tener a la vista como medida de mejor proveer realizan eso de manera oficiosa.


Agregó que si en todo caso ameritase van a expedirse al respecto porque es de orden público una vez que tengan los informes.


El próximo martes se continuará con las pruebas documentales.

Declaró una escribana en causa de supuesta estafa

 Juicios orales del día


Testificales en causa de supuesta estafa





Declaró la escribana María Lourdes Villamayor vía telemática. Contó que ella no elaboró esa escritura, no tiene registrada.


Al respecto, narró que fue citada por el Ministerio Público y le exhibieron el documento, pero no le pertenece, no es suyo.


Eso respondió a la fiscala. En tanto a las preguntas de la querella adhesiva volvió a decir que no es suyo. 

Luego el abogado José Osorio le interrogó a la escribana sobre la función notarial, su hoja, la guarda de esos documentos. También sobre la firma en el documento y respondió que no es su firma y que es falso ese documento.


La testigo relató que esa hoja se extravió y realizó su denuncia. 


En tanto el abogado Carlos Mendoza le interrogó si conoce la resolución de la Corte del año 2024, sobre un poder especial de la querella adhesiva. 


La testigo respondió que en el momento del hecho no fue suspendida. Detalló que en julio del 2024 fue suspendida.


También el abogado preguntó si conoce a una escribana y la testigo contestó que no.


Volvió a hablar el abogado José Osorio y preguntó sobre la suspensión. Después se produjo el informe de Inmigraciones acerca de la salida de Robert Scappini. Tanto la fiscalía, la querella adhesiva resaltaron el documento. Por su exhibición para la defensa.


En un momento del juicio, la defensa planteó la excepción de falta de acción de la querella. Se refirió que el poder especial se hizo durante la suspensión de la escribana. También pidió remitir a Superintendencia y al Ministerio Público.


La presidenta del tribunal, Rossana Maldonado corrió traslado al Ministerio Público. La agente fiscal pidió constancia real de la suspensión y la fecha. Luego la querella adhesiva pidió el rechazo de la excepción porque no sabe la fecha de la suspensión.


El tribunal se dispuso a deliberar sobre la excepción planteada por la defensa de Blas Benítez.

Tuesday, October 7, 2025

Para defensa de Mauro Rodriguez no existe evidencia tampoco una conducta especifica con respecto a su defendido

Juicios orales del día


Alegatos finales de la defensa en causa de la ley de drogas




La defensora pública Blanca Ramírez en sus alegatos finales se refirió sobre una conversación de las escuchas.


Para la defensa de Mauro Rodriguez no existe para subsumirse la conducta ya que carece de la actividad del supuesto transporte.


Al respecto la defensora pública señaló que no existe evidencia relevante sobre su defendido, tampoco una conducta especifica con respecto al mismo.


Contó que su defendido fue privado de su libertad por simples conjeturas. En ese sentido, mencionó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el fallo que la sentencia no puede basarse en simples conjeturas citando al caso de Honduras.


Solicitó la absolución de culpa y reproche.


La próxima continúa el martes con la réplica del Ministerio Público a las 11.30.

La defensa de Eusebio Torres argumentó su pedido de absolución en que ningún testigo vio ni nombró a Eusebio Torres

  El abogado Ariel Torres, defensa de Eusebio Torres, en sus alegatos finales señaló que en el año 76, 77, si hubieren ocurrido estos hechos...